Caso curioso-

nacho

Nuevo miembro
trabajadora de baja por maternidad, esta en la séptima semana. Hoy a tenido un accidente de coche y me pregunta si tiene que coger la baja por accindente no laboral. En este caso me imagino que no,una vez que finalice la baja por maternidad, si continua con las dolencias producidas por el accidente de trafico, entonces que vaya al medico de cabecera a ver si le da la baja. Mientras tanto no hay que hacer nada. Estoy en lo cierto?...
 

aprendiz

Miembro
Es correcta la decisión.

En primer lugar porque la duración de la suspensión de la maternidad no puede ser interrumpida (primer párrafo del art. 48.4 del E.T.).

Si la mujer se reincorporara a la actividad después de las 6 semanas obligatorias pierde el derecho a seguir cobrando la maternidad.

Sólo sería posible iniciar un periodo de i.t. dentro del periodo de maternidad en el supuesto de disfrute de maternidad a tiempo parcial, porque la i.t. iría vinculada a la ausencia de salarios por el periodo de actividad a tiempo parcial que estuviera realizando. En este caso que cito compatibilizaría la prestación de maternidad a tiempo parcial con el percibo de la i.t.

En el supuesto que comentas como el contrato continúa suspendido en su totalidad no procede iniciar periodo de i.t. hasta que haya finalizado la maternidad.

También es lo más beneficioso para la trabajadora ya que la prestación de maternidad es de mayor cuantía que la i.t.

Saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Así es, ¿cómo va a estar de incapacidad laboral transitoria si no está trabajando, dado que el contrato está suspendido?
 
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