Disculpad que recupera este post de hace unos meses, justo, creo, al poco tiempo de la puesta en marcha del nuevo sistema, "simplificado" de contratos.
La verdad es que desde enonces, dado el nulo nivel de contratación que hemos tenido, no he tenido ocasión de probarlo.
Pero, justo respecto al tema de la copia básica, me llega un contrato (de otra empresa, pero que me afecta) en el que veo que en lugar del modelo "tradicional" de copa básica, es decir, igual que el propio contrato, pero sin informar ciertos campos sensibles (DNI...) me adjuntan un simple resumen, tipo como los que hubo de inicio, hace ya muchos años, y cuya validez se acabó negando (ya que no se trata de hacer un resumen del contrato, sino que debe ser una copia del propio contrato, con todos los datos contenidos en el mismo, salvo esos 3 o 4 expresamente previstos que deben suprimirse.
¿sabéis si es que con el nuevo sistema, ya sea porque no emite copia basíca, o por lo que sea, es habitual (y válido) volver a utilizar esas copias básicas tipo "resumen". Ma da a mi que no, porque la normativa no me consta que haya cambiado
Pero antes de llamar la atención sobre ello queria contrastar como está ahora la cosa.
Gracias.