¿Seguro de accidentes de convenio INCLUIDO?

Nando_bcn

Miembro conocido
Clo dijo:
Nando,
Ya comenté en este foro (creo)  que se había ampliado el plazo hasta mayo, y que seguramente se revisarían las cosas, por lo que es mejor esperar a que se aclaren y nos digan las cosas claras, y después pagar atrasos.
Sino verás que tendrás q solicitar devolución de ingresos indebidos.
Y me refiero a esperar a ver q pasa con estos conceptos  de salario en especie que quedan poco claros. El plus de transporte lo cotizo desde ya (bueno, desde el 22/12).
Saludos,

Sí, Clo, lo de la ampliación hasta el 31 de mayo yo mismo lo comenté, tan pronto tuve noticia, en este mismo foro.
Ahora, a pesar de ello y de lo que comenté cuando parecía que el margen era solo hasta marzo, al final he tratado de dejarlo todo regularizado ya. Es decir, he creado nuevos conceptos, con los parametros adecuados , ya sea en sustitución de los que utilizaba hasta ahora o bien para reflejar en nómina conceptos que hasta ahora no aparecían, he recalculado la nómina de diciembre para hacer cotizar, con efecto retroactivo, lo que ha empezado a cotizar (o lo ha hecho de distinta manera) desde el 22 de dicimebre, he calculado la nómina de enero ya con los nuevos parámetros y, además, he repercutido en la misma las diferencias de líquido de dicumebre como consecuencia, en su caso, de los incrementos de base.
Presento los seguros sociales ya actualizados de entrada y me olvido de complementarias.
Me extrañaría que acabe evidenciando alguna pijada que me haga reclacular de nuevo las nóminas, presentar complementarias, etc. pero si fuera el caso, como tengo de plazo hasta mayo y sin recargo, pues tampoco será un drama.
Pero de momento, he tratado de quitarme ya este muerto de encima.
Si, más allá de las dudas que ahora podemos tener, al final cambian ("suavizan") algo, dudo que sea con efecto retroactivo.
Pero si lo es, tampoco me voy a resgar las vestiduras, si eso supone un ahorro, por mucho que me toque solicitar devolución por ingresos indebidos.

Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ah, bueno, y sí, al final he hecho cotizar, novedosamente, el seguro de accidentes.
Y el de vida (que hasta ahora sólo tributaba).
Respecto al de accidentes, me ha quedado claro que, salvo que cubra únicamente contigencias profesionales, cotiza (bueno, y tributa).

Saludos
 

jcg73

Miembro activo
MAJOGA dijo:
jcg73 dijo:
Hola, no se si esta respuesta era para mi.....pero bueno, por si acaso, yo me refiero al seguro de responsabilidad, la cuota de colegiado no me la pagan, la pago yo.

Perdon, no habia reparado en el matiz, de todas formas yo no obtengo ningun beneficio economico por tener la cuota pagada. No hago trabajos por cuenta propia, ni cobro comisiones por cada proceso, entonces, por eso usé el sarcasmo de incluir el mobiliario.  Pero bueno, legalmente se tiene que cotizar por más vueltas que le dé.


Gracias
 

MAJOGA

Nuevo miembro
La ampliacion de plazo hasta mayo que decia Clo

http://www.boe.es/boe/dias/2014/01/31/pdfs/BOE-A-2014-967.pdf

Por cierto, entonces si ahora he de cotizar por el seguro de RC, tendre que ponerlo en nomina como retribucion en especie, ¿no?, lo paga la empresa. ¿Esta sujeto tambien a IRPF?
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Buenos días. Estaba mirando la tabla T-84, la de conceptos retributivos (CRA) y hay algo que no entiendo. Hay conceptos, por ejemplo, por decir uno Gastos de locomocion sin justificante. Importe (CRA 0050), que igual pone Inclusion BBCC Si que exclusion BBCC Si, ¿eso que significa? porque o esta incluido o excluido pero si en las dos opciones.....no se, no lo tengo muy claro.
 

FIRMAMENTO

Miembro
Alguien podría dar una respuesta clara sobre si el famoso seguro de convenio cotiza o no cotiza.... en vista a que unos opinan que si y otros opinan que no  ???
 

leguleyo

Nuevo miembro
Pienso lo mismo. Yo ya he avisado a los clientes, pero hasta marzo-abril no voy a mover un dedo, habiendo plazo hasta mayo.
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Buenos días. Y en caso de que finalmente el seguro de accidentes de convenio se tenga que cotizar, ¿como se hara? Tengo que comentarlo con mi compañera para que me explique un poco como van estos seguros, pero diria que no es nominativo. Entonces, ¿como se haría, se dividiria la prima anual por el numero de trabajadores y luego a cada uno mensualmente se le incluira en nomina su parte?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Respecto a si cotiza o no, las especulaciones pueden estar en cuanto a si pueden modificarlo en un futuro (y, además, con efecto retraactivo, claro), porque, de momento, el criterio está claro, el seguro de Vida cotiza (antes ya tributaba) y el de accidentes, esté o no previsto por convenio, salvo que cubra la contingencia de accidente laboral, también.

En cuando a cómo imputarlo a cada trabajador... habrá que ver las condiciones de cada póliza.
Por ej. en el de Vida las primas suelen estar determinadas, además del capital asegurado, por factores individuales como edad y sexo (los más viejos y los hombres suelent tiener primas superiores).
Y, claro, como digo, el capital asegurado. ¿Es el mismo para todos los empleados?. Hay empresas en las que puede cambiar, por ej. en función de la categoría, etc.

También hay que tener en cuenta, entiendo, si por ej, hay extornos de prima, más allá de por altas y bajas en la empresa, claro (por baja siniestralidad...). Eso yo lo veo como un menor coste. Al final lo que hay que imputar al trabajador es el coste que realmente soporta la empresa por esa cobertura, prima menos, en su caso, extornos.

En fin, pueden haber más matices. Es cuestión de analizar las circunstancias de cada caso.

Saludos
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Hice ayer esta consulta al buzon de la TGSS y hoy me han dicho, que en unos dias me contestaran, que han recibido muchas consultas similares a esta y que lo han transmitido a los servicios centrales. Asi que.....yo tambien creo que voy a pasar de cotizar nada de esto hasta que no este claro.
Gracias, un saludo
 

Nando_bcn

Miembro conocido
MAJOGA dijo:
Hice ayer esta consulta al buzon de la TGSS y hoy me han dicho, que en unos dias me contestaran, que han recibido muchas consultas similares a esta y que lo han transmitido a los servicios centrales. Asi que.....yo tambien creo que voy a pasar de cotizar nada de esto hasta que no este claro.
Gracias, un saludo

De acuerdo, tienes esa opción , la de esperar, dentro del margen concedido (que, de hecho, ya la estás ejerciendo, en la medida en que no has hecho aún nada respecto a diciembre y enero).

Pero las dudas, repìto, más que desde la TGSS las resolverás confirmando las condiciones de la poliza.

Saludos
 

Raquel GR

Miembro activo
Yo mi consulta la dirigí directamente a los servicios centrales, y deben tener muchas porque vamos para dos semanas que la hice y aun no tengo respuesta.

Lo de los seguros de accidente, como dice Nando con la póliza ves y divides entre el numero de trabajadores y los meses y te sale, el problema la veo en la de RC, que  yo entiendo es prácticamente imposible de imputar al trabajador.
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Raquel GR dijo:
Yo mi consulta la dirigí directamente a los servicios centrales, y deben tener muchas porque vamos para dos semanas que la hice y aun no tengo respuesta.

Lo de los seguros de accidente, como dice Nando con la póliza ves y divides entre el numero de trabajadores y los meses y te sale, el problema la veo en la de RC, que  yo entiendo es prácticamente imposible de imputar al trabajador.

Vale, pues voy a ver si localizo la poliza y le echare un vistazo a ver que dice. La que voy a mirar es del convenio de madera, chapa, corcho, etc. de Castellon. El convenio dice que es para casos de accidente laboral. En cuanto al de RC, ¿por qué dices que casi imposible de imputar al trabajador?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Raquel GR dijo:
Lo de los seguros de accidente, como dice Nando con la póliza ves y divides entre el numero de trabajadores y los meses y te sale,

Efectivamente , Raquel puede ser así, pero, repito una vez más, hay que ver las condiciones de cada póliza en concreto.
En el caso de accidentes, y si el capital asegurado es el mismo para todos los empleados, probablemente baste hacer eso (se divide la prima del seguro colectivo entre el nº de empleados y, si es anual, por 12).
Pero puede ocurrir que los capitales asegurados difieran (por ej. en mi empresa varian, en función de la categoría, en un ratio de 1 a 3, y la prima imputada a cada empleado,por supuesto, no es la misma)
También puede ocurrir, como comentaba, que se tengan en cuenta factores personales, como la edad y el sexo. En el de Accidentes no es tan habitual, pero en el de Vida sí lo es.
Al final son las condiciones de cada póliza las que determinarán los criterios de imputación a cada empleado.

Ah!, y como comentaba, pueden existir otros factores, como bonificaciones o extornos por baja siniestralidad, que en ocasiones de facturan independientemente, pero que tambien  entiendo se deberían considerar (la prima es un gasto, la bonificación o extorno un "menos gasto" y al final lo que cuenta es el gasto real en el que ha incurrido la empresa por ese seguro y para cada uno de los empleados.

Saludos
 

mafaldasur

Nuevo miembro
en unas jornadas que tuvimos en fremap, nos dijo el ponente que para mayo se espera que la teso indique la manera de cotizar el seguro de convenio.
 

signifer

Miembro
mafaldasur dijo:
en unas jornadas que tuvimos en fremap, nos dijo el ponente que para mayo se espera que la teso indique la manera de cotizar el seguro de convenio.

!!Joder para mayo¡¡¡, que nivel. Y saldrá el 28, para dar margen para hacer las complementarias. Que mierda de administración tenemos :mad:.

 
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