Buenos dias, me acabo de enterar q cd tienes trabajadora q solicita guarda legal hay poner colectivo 16 y darla de baja con codigo 99, hasta ahora no lo habiamos hecho asi, puesto q son trabajadoras fijas disco y la dábamos de baja con código 54, y alta en marzo, normal, como mujer reincorporada (bonificacion), etc..., pero no poniamos el colectivo
¿que pasa por no haberla dado de baja con el 99? ?q debo hacer?
al darla de alta este año de nuevo, lo pongo con el colec 16, verdad?
gracias
¿que pasa por no haberla dado de baja con el 99? ?q debo hacer?
al darla de alta este año de nuevo, lo pongo con el colec 16, verdad?
gracias