CHARO dijo:
Disculpa Nando, pero no le puedes pedir a la gente de la calle que entienda que esos 100 euros no son en realidad 100, eso lo sabemos quienes nos dedicamos a ello, pero quién no, es fácil que se queden tan solo con el titular de la noticia. Creo que hubiera sido más adecuado poner que habrá un ahorro en la contratación del 75%que decir que hay una TARIFA PLANA de 100 euros ¿no crees?
A ver Charo..., y que conste que apenas me podido dedicar un momento a mirar el tema (básicamente lo que se ha comentado por´aquí y algún aviso que me ha llegado por e-mail adjuntando el link a la web del servicio de prensa de la Moncloa, que alguien también ha aportado en este mismo post y del que he reproducido ese fragmento, para mi muy claro), pero, puestos a admitir que mucha gente se (des)informa básicamente a partir de los titulares y más allá de la interpretación que pueda hacer cada uno, especialmente de los que no son profesionales, asumido, repito, ese riesgo, me parece menos riguroso hablar (por el ejemplo que indicas) de ahorro en la contratación del 75%, ya que, como sabes, ese porcentaje variará sensiblemente en función de qué salario (y otros costes) estemos hablando. El ahorro que esta medida puede suponer, en %, es muy distinto si estamos hablando de un salario de 12.000, que de 40.000 que de 80.000 (además, repito, de otros costes que puede implicar una contratación o el mantener en nómina a un trabajador).
Puestos a simplificar, para mi es mas claro y riguroso hablar de "tarifa plana" de 100, en la medida en que quede claro que, sea cual sea la base de cotizacion del trabajador contratado, esa será la cuota a cargo de la empresa por contengencias comunes.
Y a partir de ahí, que cada uno entienda lo que quiera o pueda, pero me es dificil concebir una alternativa más clara y, sobretodo, rigurosa.
Eso de hablar de un % sí que es reducirlo a una tarifa plana, pero, en este caso, ni real ni rigurosa.
Me recuerda a un correo que justo he recibido hoy de promoción de sistemas de retribución flexible (si, imagino que para contrarrestar los efectos de la cotizacion de muchos conceptos en especie, las empresas del ramo tratan de promocionarse como pueden). "Incremente un 5% el poder adquisitivo de sus empleados sin coste adicional para su empresa".
Hombre, pues ese podrá ser un promedio, un promedio muy relativo y cuestionable, pero al final dependerá de la carga impositiva de cada empleado (en principio su tipo marginal) y del peso que tenga la retribucion flexible dentro de la retribución global de cada empleado.
En fin, es como lo veo, y, repito, hablando sin apenas haber podido aun contrastar y asimilar la noticia o novedad que supone esta medida.
Por cierto, parece que entra en vigor este viernes (o, en todo caso, una vez se publique en el BOE y en el mismo se confirme la fecha de tal entrada en vigor).
¿Que todo esto es complicado de entender para el ciudadano de a pie, incluidos vuestros clientes, Bueno, pues para eso estáis, para eso os pagan, para aclarárselo. ¿Que no es tan fácil?, Bueno, pues, y disculpad si parezco irónico (pero me recuerda a lo que oia y comenté cuando muchos se quejaban de lo complidado y lo atipico de esta última reforma en materia de cotizacion) pues para eso se supone que se trata de una profesion que reiquiere profesionales cualificados. Si algun dia todo esto resulta mucho más fácil, ¿quien precisará de vuestros servicios? o, si los requiere, aunque sólo sea por pura comodidad.. ¿cuánto estará dispuesto a pagar por ellos?.
Ey, si acritud, eh?
Saludos