pase a situacion de pensionista y ctto de interinidad

AMATEUR

Nuevo miembro
Buenos días, a ver si me podeis ayudar; tengo a un trabajador que tras varios meses en I.T. por contingencias comunes le dan la incapacidad permanente absoluta con fecha de finales de diciembre del 2008, pero la notificación del INSS no le llega a la empresa hasta marzo del 2009. Bueno, respecto a la TGSS se que hay que solicitar la devolución de ingresos indebidos y asi se regularizará el tema por esta parte, pero, en el INSS me dicen que la empresa le tiene que pedir al trabajador que devuelva el dinero de las nóminas de enero y febrero, ya que ellos no se van a hacer cargo del pago delegado en ese período.
Eso es así? que pasos tengo que dar al respecto?

Además, se me da el caso de que ese trabajador estaba siendo sustituido por otro con ctto. de interinidad, y mi duda es que ¿ la baja del sustituto cuando es? cuando se recibe la notificación del INSS en marzo, o en diciembre con la fecha de concesión de la incapacidad? yo supongo que sera en marzo ...además la empresa quiere seguir con el interino

Gracias y un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- No estoy de acuerdo. La resolución la ha emitido el INSS y él es el único responsable para reclamar al trabajador el exceso. La obligación de la empresa acaba con la rececpción del alta y de los comprobantes de confirmación. Y punto.

2.- el contrato acaba cuando te enteras que al trabajador sustituido se le ha concedido la invalidez. Lógicamente.
 

AMATEUR

Nuevo miembro
Vale Fernando, pero si el pase a situación de pensionista es el día 15/12/08, la baja en  la TGSS debe ser el 14/12/08, verdad, y debo reclamar la devolución de cuotas desde esa fecha hasta que el INSS hace la notificación ?


Gracias
 

Raquel GR

Miembro activo
A ver, tu le das de baja por pase a pensionista con fecha de un día antes de la resolución, como dices pides devolución de cuotas, si ha estado de baja IT, es que hace tiempo que no me pasa esto..., pero si no recuerdo mal, como no haya estado de baja de IT durante ese periodo la devolución no te la van a permitir, porque ha estado trabajando y la cotización va a tu cargo.., debes informar al INSS lo que ha estado percibiendo durante esos meses, para que ellos lo descuenten y regularicen su prestación desde el reconocimiento. Si ha estado trabajando, pues lo asumes, porque lo ha devengado y es suyo.

Mira a ver si tienes suerte y puedes hablar con alguien del INSS, en la resolución tendrás un telefono.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Trabajando? , ¿cómo va a trabajar si está esperando la invalidez? Aquí lo que decimos es si la empresa ha de pedir al trabajador la devolución y no es así. En todo caso el INSS lo deduce del primer pago de la pensión y punto.
 

AMATEUR

Nuevo miembro
Asi es Fernando, y para ello la empresa debe comunicar al INSS lo que le ha pagado al trabajador, verdad?

Gracias a los dos

 

Raquel GR

Miembro activo
A ver, Fernando, entiendo que Amateur como empresa tenia un trabajador que pidió invalidez, se la denegaron y tuvo que seguir de alta, recurrió, lo normal, lo habitual es que ese hombre haya seguido en la empresa con Baja IT, pero a mi se me ha dado algun caso en el que no, o no durante todo el periodo. por eso lo digo, no por otra cosa

Si ha estado de Baja IT evidentemente no tiene que pedirle nada le empresa al trabajador, puesto lo que le ha pagado ha sido en pago delegado, y ya se lo habrá deducido en los TC, con lo que solo tiene que irformar al INSS de lo que le ha abonado durante ese tiempo. (si le ha llegado en marzo, pues evidentemente que no le saque ni nomina ni haga cotización) y si como digo ha estado de IT, pues deberá pedir la devolución de cuotas, si no, pues no.
 

Raquel GR

Miembro activo
Ay madre, vale, vale, simplemente estaba esperando que resolvieran... vale.
Pues lo mismo, informas de lo que ha cobrado y punto y devolución de cuotas, perdón por el lapsus, me fui a lo peor.

Saludos.
 
Arriba