Registro jornada. He tenido esta mañana una cita con un Ser Supremo...

toni

Miembro conocido
He pasado esta mañana una inspeccion, que entre lo normal, libro visitas, contratos, etc,  me pedia el registro de jornada. Nada mas entrar al despacho me a entrado un escalofrio por toda la espalda, pues me encuentro con un sub-inspector jovencito y me digo, tranqui Toni, que estos acaban de salir del huevo y son unos cabezas cuadradas, no cambian ni una coma.
Me dice, vamos a seguir el orden del acta... Contratos, toma contratos, nominas, toma nominas, pago SS, toma SS, registro jornada, no hay... Total, que me dice que es obligado llevarlo si o si, trabajes 1 hora al dia o trabajes 8, hagas extraordinarias, complementarias, o no hagas nada de nada, es obligatorio y ademas falta grave. Tonto de mi, pienso, voy a decirle que la semana pasada estube en una jornada cuyo ponente era Bernardo Castello, Subdirector Provincial de Gestion Financiera de la D.G. de Castellon y dijo que no era obligado si eran jornada completa y no habia extras y tal y tal, y se me queda mirando con una carita que digo, Toni la has cagao... :eek: Me suelta que "su interpretacion" es que si o si a todo y en ese momento pienso en mentarle a la madr digo a la Sentencia de la AN, pero me digo, Toni, callate. Mientras escribe en el libro de visitas le digo si me va a sancionar y se me queda mirando fijamente y me suelta un "TENGO QUE ESTUDIARLO", le prengunto en base a que articulo de la lisos me va a sancionar y me dice en el 7.5, requiriendome para que le mande antes del 20 del presente el registro de jornada... Queria rebatirle y decirle que el no llevar el registro, segun el ponente de la charla no estaba "todavia" tipificado en la lisos, pues que es un registro exactamente? fichar en un reloj? anotarlo en un papel? que segun su opinion tendrian que legislarlo un poco mas,  pero he preferido replegar filas y tomarme un cafe mientras esperaba cojer el tren de vuelta...

En fin, con la iglesia hemos topado...
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Jejeje....muy cómica la explicación, pero no es de risa, es para llorar.

Supongo que la inspección de hoy con el Ser Supremo, ha sido en Castellón??

Y si que legislen bien lo del registro de horas, porque si es con papelito.....debe estar firmado por el trabajador/a??







 

toni

Miembro conocido
No, en Valencia... A los que sois de Valencia, que no os toque este Ser Supremo... ::)
 

Mr. White

Miembro activo
Grande, Toni.

Todo un clásico: "Es obligatorio y es falta grave".

Lo primero, ya está muy trillado...

Sobre lo segundo, el art.6.6 LISOS les parece poca cosa, una falta leve, por lo general 60 euritos, muy poco botín para todo lo que han estudiado...
 

toni

Miembro conocido
El Ser Supremo decia que si no se lleva el dichoso registro, no habia manera de demostrar si se incumplia el 7.5.. como decia mi hijo pequeño que ahora ya tiene pelo en pecho... cagate lorito...  8)
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
En Valencia?? Estoy templando....

Por curiosidad....a que se dedica la empresa??

Si, si cagate lorito.....
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Curiosidad también:

En los contratos a tiempo completo, alguna vez han llevado vuestras empresas este tipo de "registro": A ver lo digo por autonomos que tiene uno o dos trabajadores , de toda la vida, que estan en una tiendecita de pueblo, o un bar o similar....porque yo para ser sincera no.

Vamos no lo hemos hecho nunca , ni con nosotros en la asesoría?? :-[ :-[

 

toni

Miembro conocido
Pues es que yo no se que hacer, si mandarle la sentencia o el registro, que no hay, pero si hay que hacerlo me invento algo. Pero si se lo mando ya creo un precedente con este Ser Supremo, pues seguro que me voy a volver a encontrar con el, pero bueno, me voy a tomar unos dias "PARA ESTUDIARMELO"... ::)
 

MAJOGA

Nuevo miembro
GEMMAMAT dijo:
Curiosidad también:

En los contratos a tiempo completo, alguna vez han llevado vuestras empresas este tipo de "registro": A ver lo digo por autonomos que tiene uno o dos trabajadores , de toda la vida, que estan en una tiendecita de pueblo, o un bar o similar....porque yo para ser sincera no.

Vamos no lo hemos hecho nunca , ni con nosotros en la asesoría?? :-[ :-[

A mi, en ninguno de los trabajos que he tenido, me han hecho ni fichar, ni firmar ningun registro. Ni a mi, ni a ningun compañero. Hablo de supuestos de jornada completa. Y en mi caso, no pienso hacermelo, si me lo piden por el tema horas extras, le llevare un listado de los clientes que tenemos ahora, a ver si cree que con ese volumen de trabajo me da para hacer horas extras  :mad:. Si lo que no se es como mi jefe no me ha propuesto aun una media jornada o algo parecido. Ahora, con las empresas que gestionamos que tiene personal a tiempo parcial, estoy intentando que lleven el listado, aunque por ahora..todo son pegas. De hecho, una de ellas me ha devuelto las listas para que, hasta la fecha, se los cumplimente yo  :mad:
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Black Mamba dijo:
Yo tuve una inspección en Barcelona y la inspectora me pidió también el registro de jornada. Le dije lo mismo que tú Toni, que la empresa no estaba obligada porque no hacían horas extras, pero la tía me respondió con un "Sí que lo está". Me dio un plazo para aportarle varia documentación por email y lo que hice fue enviarle la sentencia de la AN. A ver si sanciona...

Si al final me sanciona estoy por recurrirla aunque la empresa la verdad es que nunca la va a pagar porque está en concurso. Pero bueno... me parece injusto...  :'(

Black, cuando te conteste, ¿nos lo contaras?  ::). Mas que todo por enmarcar la sentencia para tenerla a mano, por si acaso  ;)
 

leguleyo

Nuevo miembro
Tonto de mi, pienso, voy a decirle que la semana pasada estube en una jornada cuyo ponente era Bernardo Castello, Subdirector Provincial de Gestion Financiera de la D.G. de Castellon y dijo que no era obligado si eran jornada completa y no habia extras y tal y tal,

La verdad es que ahí has tenido dos huevos  ;D
 

Iker

Miembro
leguleyo dijo:
Tonto de mi, pienso, voy a decirle que la semana pasada estube en una jornada cuyo ponente era Bernardo Castello, Subdirector Provincial de Gestion Financiera de la D.G. de Castellon y dijo que no era obligado si eran jornada completa y no habia extras y tal y tal,

La verdad es que ahí has tenido dos huevos  ;D


La verdad es que me he reído mucho. Gracias por compartirlo.

De todos modos, y aunque desconozco el motivo, de un tiempo a esta parte la inspección sanciona absolutamente todo lo sancionable.

Si os soy sincero, hace aproximadamente un par de años asistí a un curso cuyo ponente era un inspector de trabajo. El tío, de una manera muy sincera, nos confesó que cuando sabían que se incumplía algo y no podían probarlo, por el motivo que fuese, siempre metía el puñetero registro de jornada, porque no lo tenía ni Dios. Y sanción al canto...

En fin, para llorar y no parar....

Los seguros de RC van a incrementar la prima sustancialmente.
 

leguleyo

Nuevo miembro
Pues que vayan con ese registro a un Deloitte o un PriceWaterhouse a medir la jornada de los machacas... Vaya risas nos pegaríamos  ;D
 

Mr. White

Miembro activo
Lo que es un disparate es que justifiquen la importancia de llevar el registro porque "si no el trabajador no puede justificar que ha hecho horas extras".

¿De verdad que alguien se cree que es la única forma de que un trabajador pruebe que hace horas extras?

Porque al final, y en el mundo real (PYMES donde no hay comites de empresas, ni delegados,...), en ese registro van a figurar las horas que el empresario quiere que aparezcan, no las reales... Y si al trabajador eso no le gusta, son lentejas, nos guste o no...

Lo que deberían hacer los inspectores, en materia de hora extras  y en otras muchas, es dejarse de pamplinas y dejarse de multar chorraditas, y hacer su trabajo más en el terreno y menos en su despachito...

Me explico..

Creo que si un trabajador denuncia que hace horas extras y que no se las pagan ni se las reconocen como tales...Lo que tiene que hacer el inspector es citar al trabajador, decirle, "mira, para que yo pueda zumbar a la empresa y para que te paguen lo tuyo y dejen de pasarse la jornada máxima por el arco del triunfo, necesito que me facilites estas pruebas: grabaciones, testigos,...".

Y con las pruebas en su poder, y teniendo toda la foto de la situación en sus manos, hacer una visita un día y una hora concreta, sabiendo que va a tener al trabajador haciendo horas extras...

Pero no.

Lo fácil es pedir el registro de horas, y en base a que no se tiene, presuponer que hay horas extras y por tanto zumbar a la empresa con una falta grave (art.7.5 LISOS).

Es como si conduces y no llevas el carnet de conducir encima en ese momento, y te acusan, no de no llevarlo encima, sino de no tenerlo. Pues no oiga, no lo llevo, pero tenerlo lo tengo.

Con esto igual: Pues no oiga, no llevo el registro de horas, pero horas extras no hay, así que no me meta una grave, que sea una leve, que no puede ser igual de grave que haya horas extras y no se paguen como tales, que no llevar un registro de horas...

 

Raquel GR

Miembro activo
Yo cuando tenga una, les voy a decir que si me dejan ver el modelo que usan ellos, para tomarlo como ejemplo... me gustaría ver a mi el registro que llevan ellos, juas juas

Están en un plan que es increible
 

elchuske

Miembro conocido
manda huevos. que se pasen por cualquier sucursal bancaria cualquier dia por la tarde y veran los que hacen horas, cientos pero cientos y no se declaran. Pero claro con Dios hemos topado
 

BSK

Miembro activo
toni dijo:
Total, que me dice que es obligado llevarlo si o si, trabajes 1 hora al dia o trabajes 8, hagas extraordinarias, complementarias, o no hagas nada de nada, es obligatorio y ademas falta grave.

¿Dónde se indica que los contratos a tiempo COMPLETO deben llevar un registro? Si no recuerdo mal, esto es reciente, el Real Decreto Ley 16/2013 modifica el artículo 12.5 h) del Estatuto de los Trabajadores el cual viene a decir: "h) La jornada de los trabajadores A TIEMPO PARCIAL se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias a que se refiere el apartado 5.(..)". Por tanto, la norma se refiere a los contratos a TIEMPO PARCIAL no habla nada de los contratos a tiempo completo, a salvo que me digáis donde se exige esa obligación y rectifico.
 
Arriba