PLUS VOLUNTARIO ABSORBIBLE

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D

DAVIDIRU

Guest
Resulta que a una trabajadora estuvo 6 meses en la empresa y aparte de los conceptos de convenio se le retribuía con un plus voluntario absorbible . El tema es que me reclama atrasos de convenio y la empresa ha procedido a la absorción y le ha abonado en concepto de atrasos descontandole en su importe lo percibido el plus vol.absorbible.

El tema es que su abogado le ha informado que sóllo opera la absorción para los trabajadores que siguen en la empresa no para los que no están ??? ??? ??? ???

Yo pienso que van los tiros por la sentencia 12/05/2008 RJ 4122 que establece no cabe la absorción entre partidas salariales que se refieran periodos de tiempo inferiores a un año. Eso es una reseña del memento social 2009 (marginal 7970).

¿qué pensáis al respecto? tenéis la sentencia?, me la podéis facilitar


gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
No entiendo qeu sólo sea para los que están en la empresa. ¿Qué tendrá que ver? Si cobró por encima, y con un plus llamado absorbible, ya está.
 
C

christatos

Guest
Hola

Yo nunca he tenido en cuenta que estén o no en alta ya en la empresa... si tenían un plus a cuenta de convenio (o absorvible como dices), es como adelantar un posible pago de atrasos que se pudieran producir.
Si yo, como empresario, he cotizado, he pagado y he declarado el IRPF de acuerdo a ese valor... si me dijeran que luego no va a valer para descontar el atraso... no lo haría más en adelante. Entiendo que el objetivo de ese "adelanto de atrasos" es que resulte menos gravoso a la hora de liquidar el importe de atrasos completo incluso en algunas ocasiones podría ser que yo hubiera estado pagando, con dicho importe, más de lo que la diferencia de convenio me hubiera dicho que debía pagar... ¿¿tendría también que pagarlo de nuevo??
Me parecería absurdo. Pero es mi humilde punto de vista.

Un saludo.
 
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