TA8 por Registro Electrónico

Alejandra15

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Buenos días, por donde entregan ustedes un TA8 para subrogar, para cambiar CCC en el Registro Electrónico? No encuentro el modo. Gracias
 

fundación

Miembro conocido
Hace unos 3 meses hice una, y en vez de hacer TA8 me dijeron en la agencia TGSS que se hicieran bajas y altas por RED, y además presentara un escrito informando.
 
A

ASENJO

Guest
Buenos días;

Por mi experiencia, te respondería que depende de la provincia de la Empresa. En provincias pequeñas, presentando el TA8 lo hacían directamente los técnicos de seg social.

En Madrid, concretamente, al intentar hacer el tramite, no te cogen el documento, tendrías que hacer baja y alta en seguridad social, y si la fecha de antigüedad no coincide con la que tiene grabada la seguridad social, en el teléfono de información te facilitan esa fecha.

 

Clo

Nuevo miembro
Hola!
Yo lo he hecho por registro electrónico- alta empresa
TA6+TA8+ autorización +documentación
Ya me han pasado ccc nuevo, y ahora tengo que hacer bajas y altas (fuera de plazo, porque han tardado 20 días en pasarme el ccc!), y hacer escrito a tgss para poner en plazo.
Saludos y suerte!

 

Alejandra15

Nuevo miembro
Aquí en Las Palmas me han dicho que sencillamente de baja y alta en sus respectivos CCC, y que conserve la documentación firmada de acuerdo de los trabajadores por si acaso, no hace falta TA8, ah y baja con causa 99 (yo siempre había puesto la 54). Me comentan que con la 99 se entienden traspasados todos los derechos de los trabajadores y con la 54 no. Gracias a todos
 

Clo

Nuevo miembro
Buenos días,
Yo también he hecho las bajas clave 55!!!
A ver si alguien más nos aclara esto!
Que paséis un buen día!
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Alejandra15 dijo:
Aquí en Las Palmas me han dicho que sencillamente de baja y alta en sus respectivos CCC, y que conserve la documentación firmada de acuerdo de los trabajadores por si acaso, no hace falta TA8, ah y baja con causa 99 (yo siempre había puesto la 54). Me comentan que con la 99 se entienden traspasados todos los derechos de los trabajadores y con la 54 no. Gracias a todos

Exacto al procedimiento que me dijeron a mi que siguiera. Sin embargo, en otra administracion me pidieron el TA8, no se para qué, porque a los trabajadores igualmente se les tiene que dar de alta y baja en los respectivos CCC.
 

Alejandra15

Nuevo miembro
yo sigo pensando que en este caso, para un cambio de CC en la misma empresa sería la 54 que dice literalmente "Cambio entre cuentas de cotización dentro de la misma empresa o grupo de empresas", aunque la 55 especifica "segregaciones de empresas que
impliquen cambio de código de cuenta de cotización" por lo que si se entiende igual cambio como una segregación, a mí la causa 99 no me gusta pero la que me atendió en la Seguridad Social lo veía tan claro que me hace dudar. Yo con la 54 no he tenido nunca ningún problema. Gracias
 

carloslugo

Miembro activo
acabo de hacer la consulta para un cambio de código cuenta por una subrogación de un trabajador motivada por un cambio de titularidad de un negocio ( persona física ) y me dicen que baja con el código 54 y alta en el nuevo CCC marcando FIC espeficio y en la fecha de inicio del contrato .. la fecha de antigüedad del trabajador . Así lo hice .. si te sirve de algo ...
un saludo.
 
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