2 dudas sobre Fogasa

depaula

Nuevo miembro
1. Si demando, gano, la empresa es declarada insolvente y paga el fogasa a sus limites pero posteriormente presento nueva demanda contra la empresa porque debe otras cantidades que se han generado a posteriori......¿el fogasa volverá a responder o ya no porque ha pagado el límite?

2. En este caso de arriba, si por ejemplo el fogasa paga 6000 pero la sentencia condenaba a la empresa a pagar 16000....¿sería posible ejecutar despues de haber cobrado del fogasa, por lo que queda por cobrar a la empresa si esta deja de ser insolvente, que plazo ahí para eso aunque sea algo muy improbable?
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- No: son 120 días por relación laboral.

2.- Sí, por supuesto, lo que pase de lo no pagado por el FOGASA lo sigue debiendo la empresa.
 

Maria Navarra

Nuevo miembro
Si la empresa empieza a ir mal económicamente, les debe dos mensualidades a los trabajadores....es mejor demandar antes ante la jurisdicción social para que si se declara en concurso, se cobre antes? O es indiferente a la hora de cobrar el trabajador que haya demandado antes las cantidades? Gracias
 

Black Mamba

Miembro
Si la empresa se pone en concurso, los salarios pendientes tendrán una serie de privilegios en función de la cuantía. Los 30 últimos días trabajados con el tope del doble del SMI son los más privilegiados.

A partir de que la empresa se declare en concurso, todos los salarios generados después del mismo serán contra la masa, lo que implica que la empresa debe abonarlos con la máxima prioridad en orden de vencimiento. Y la deuda pasada, en función de los privilegios donde responde el Fogasa con sus límites y se subroga en el crédito. Lo que no pague Fogasa, como bien te han dicho, sigue siendo deuda de la empresa.
 
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