administrador jubilado

laura

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¿Es compatible el cargo de Administrador de una sociedad, con la prestación por jubilación?; es decir, el administrador de una sociedad cuando llega a la edad de jubilación tiene que dejar de ser administrador y nombrar a otro

gracias
 

laura

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ok pero Fernando el seguiría teniendo la dirección de la empresa; es decir seguiría tomando decisiones
 

Juan Miguel

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Hola Laura, eso lo pregunté yo hace poco y consulté con la TGSS,  y esto es lo que saqué como conclusion:
puede ejercer las funciones que según las normas mercantiles son competencia exclusiva del Administrador, y por tanto indelegables (convocar junta general, firmar las cuentas anuales y firmar el informe de gestión, depositar las cuentas en el Registro Mercantil, etc). Fuera de lo anterior, es decir, todo lo que suponga gestión, administración y dirección ordinaria de la empresa debe reputarse actividad incompatible con la pensión de jubilación del RETA, la firma de contratos en general,solicitudes de crédito, representación de la empresa, firma de avales y cuantos actos jurídicos requiera la gestión y administración ordinaria.
El administrador jubilado solo puede orientar y fiscalizar la actividad de sus colaboradores como socio y administrador, no puede tener poder ejecutivo.
Ten en cuenta que tendrás que nombrar otro administrador si era administrador único y tendrás que reflejar en la escritura que el jubilado cesa en todo trabajo y limita su actividad en la empresa a lo que mas arriba te he comentado.
Un saludo.

 
M

mariaro

Guest
Quería lanzar una pregunta que tiene relación con administrador jubilado, pero me refiero a administrador de fincas. Un administrador de fincas puede estar jubilado y seguir trabajando de administrador de fincas?, puede acogerse a la "jubilación flexible"?. Si alguien sabe sobre el tema, si puede responderme le estaría agradecida. Quizá lo mejor sería acudir a la TGSS?.
 

FERNANDO

Miembro conocido
No puede, dado que está obligado a darse de alta en autónomos.  A no ser, ojo, que tenga mutua alternativa o bien que esté de alta en su colegio antes de 1995 y no tuviese entonces obligación de darse de alta en autónomos.
 
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