MIEMBRO DE EQUIPO DE PRIMERA INTERVENCIÓN

nachov

Miembro
Buenos días:

      Mi consulta es la siguiente:

      Una empresa tiene elaborado un Plan de Emergencia (tal y como indica la legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales), dentro del cual se incluyen los Equipos de Intervención, los cuales se describen de la siguiente manera:

"EQUIPOS DE INTERVENCIÓN  ( EI )

Grupo de personas especialmente entrenadas para la actuación en situaciones de emergencia, compuesto por personal seleccionado. Se someterán a un entrenamiento frecuente, conociendo a fondo todos los medios de intervención de que dispone la empresa y los riesgos de todas sus áreas.

Dependen del Jefe de Intervención.

- Estarán informados de los riesgos generales y particulares de las dependencias del Astillero.
- Conocerán el manejo de los medios materiales ( extintores, etc. ).
- Actuación directa en : Corte de la corriente eléctrica,  cierre de válvulas de paso de gases, aislamiento de materiales inflamables, cierre de puertas y ventanas, combatir el fuego desde que se descubre, realizar evacuación y  primeros auxilios a los accidentados"

      La cuestión es si, la empresa, a la hora de escoger a los trabajadores que quiere que formen parte de estos equipos, estos se podrían negar o deberían de aceptar el nombramiento. Y, por otro lado, si habría que realizar alguna compensación económica a los trabajadores que sí aceptasen dicho nombramiento.

      El convenio de aplicación no dice nada al respecto.

      MUCHAS GRACIAS por vuestras respuestas !!!

 
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