Buenos días:
La consulta es la siguiente:
Una trabajadora causa baja por maternidad el 21 de septiembre de 2015. Legalmente tiene derecho a 112 días de descanso, por lo que debería de incorporarse hoy (11 de enero de 2016) a trabajar. La duda es la siguiente:
Durante el período de descanso por maternidad (del 21/09/2015 al 11/01/2016) ha habido varios días festivos (12 de octubre, 2 de noviembre, 7, 8 y 25 de diciembre y 1 y 6 de enero) y varios días no laborables fijados por convenio (24, 28, 29, 30 y 31 de diciembre)... pues bien... la pregunta es la siguiente:
¿Esos 12 días, entre festivos y no laborales, comprendidos en el período del descanso por maternidad se deben de descontar de dicho período? Es decir... ¿Se le deben de dar a mayores a la trabajadora para que los disfrute? MUCHAS GRACIAS por vuestras respuestas.
La consulta es la siguiente:
Una trabajadora causa baja por maternidad el 21 de septiembre de 2015. Legalmente tiene derecho a 112 días de descanso, por lo que debería de incorporarse hoy (11 de enero de 2016) a trabajar. La duda es la siguiente:
Durante el período de descanso por maternidad (del 21/09/2015 al 11/01/2016) ha habido varios días festivos (12 de octubre, 2 de noviembre, 7, 8 y 25 de diciembre y 1 y 6 de enero) y varios días no laborables fijados por convenio (24, 28, 29, 30 y 31 de diciembre)... pues bien... la pregunta es la siguiente:
¿Esos 12 días, entre festivos y no laborales, comprendidos en el período del descanso por maternidad se deben de descontar de dicho período? Es decir... ¿Se le deben de dar a mayores a la trabajadora para que los disfrute? MUCHAS GRACIAS por vuestras respuestas.