Bonificación cuotas reta conciliación familiar + tipo de contrato trabajadora.

Aslasa

Miembro
Buenos días amigos, tengo una duda y en administración me dicen una parte una cosa y la otra parte otra.

LEY 25/2015 de 28 Julio 2015:

Bonificación cuotas reta de la trabajadora en conciliación familiar por cuidado de menor de 7 años. En este punto tengo claro que puede bonificarse sus cuotas contratando a un trabajador por el
Periodo de 12 meses.

El lío lo tengo en el tipo de contrato que hacer al trabajador durante los 12 meses.

En sepe me comentan que debe de ser un CT de interinidad por 12 meses, a partir del cese de la maternidad de la trabajadora reta.

En TGSS les planteó el tema y me comentan que puede ser válido cualquier tipo de contratación.


La idea para tener un mayor ahorro para la empresa, sería mediar un CT tarifa plana exento 500, a los 30 días de la incorporación de la autónoma, quedando la RETA con una bonificación al 100% de cuotas durante 11 meses, ya que tendría un mes sin contratación, y ahorrando 118 de seguros sociales en la trabajadora.

Lo veis procedente, en TGSS me han hecho hincapié que vale cualquier tipo de contrato y que si es indefinido no debería de tener problemas, he realizado la consulta ya que en el articulado de la 25/2015, hace referencia a que todo lo no regulado en tema de contratación se basará en el art 15.1. ET, tema que es donde dudo, ya que en el articulado que coménta la 25/2015 del ET no cita CT indefinidos

Opiniones ?? Algún caso habéis tenido parecido??
 

Aslasa

Miembro
Me han contestado a la consulta, comentando que BONIFICACION POR CONCILIACIÓN, es compatible con cualquier otra bonificación pero TARIFA REDUCIDA  solo con SNGJ.
 
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