Transformación de Interinidad a TP en Indefinido a TC... y baja IT a los 2 días.

Ichitaka Seto

Miembro activo
Buenas tardes:

el Viernes (como comenté en otro hilo) transformé un contrato de interinidad con coeficiente de TP del 75% en indefinido a Tiempo Completo... ¡y ayer me avisaron que hoy cogía la baja por una intervención quirúrgica durante 4 días! Vamos que cuando ya tenía rehecha su nómina con los dos periodos de contratos... ¡¡¡en mes de 29 días  :mad:., que si hay que complicar la cosa, compliquémoslo del todo!!!

¿Cómo calculo la base reguladora? Me parece recordar que en los contratos a tiempo parcial se hacía una media de las bases de cotización de los 3 últimos meses...  :-[

Pero en este caso el alta se hizo el 20/11/15... por lo que no tiene tiene 3 meses "de calendario" completos cotizados pero sí más de 90 días (11+31+31+18=91 días a TP y 4 a TC.... hoy que coge la baja, sería el 5º).

Encima cambian los plazos de comunicación de las bajas, por lo que mañana mismo me tendrían que traer el parte de baja para mecanizarlo en plazo... ¿pero el alta? si se la dan el Viernes, hasta el Lunes no me la traerán.  :-X

Y por si fuera poco, luego la historia de los CRA. Voy por RED DIRECTO, por lo que aunque no tengo el problema de los posibles errores en el por el programa de nóminas (¡que tampoco tengo! :'(), no sé si tendré también que dividir los conceptos en trozos, que si no me equivoco serían:

1º) del 1 al 18: contrato de interinidad a tiempo parcial del 75%.

2º) del 19 al 22: contrato indefinido a tiempo completo.

3º) del 23 al 26 (o 27 pues me dijo "operación y 4 días de baja".... pero al ser Sábado ¿se la pueden alargar hasta el Domingo?): según base reguladora por baja de IT por enfermedad común (no soy cotilla (ni machista, ojo) y cuando una mujer me dice que tiene que coger una baja de unos días para una intervención.... no pregunto pues pienso... cosas femeninas y por pudor no digo más).

4º) del 27 (ó 28) al 29: vuelta a la normalidad del "contrato indefinido a tiempo completo"...

Por cierto, las pagas extras las cobra ya prorrateadas en la nómina; por convenio hay que "complementar" el "subsidio" de IT y el plus de transporte sólo se cobra cuando se trabaja por lo no entraría dentro del "complemento" que creo que tiene un código de CRA especial.

Exponiendo todo lo que tendría que hacer, me parece que hasta el Lunes (o Martes) no preparo esta nómina y me dedico a las demás labores de "fin de mes".

Toda vuestra ayuda y consejos serán muy bien recibidos. Gracias de antemano.

Salu2.  8)

 

Raquel GR

Miembro activo
Debo estar muy espesa, pero no entiendo tu pregunta...

la base de la it, es desde el cambio de contrato hasta la baja, los días que median entre el cambio (a jornada completa) y la baja de it.

NO tienes que coger los tres meses anteriores

pero es que no se muy bien que es lo que estás preguntando.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Muchas gracias por contestar, Raquel.

Sí, has entendido bien mi pregunta y, tras 2 días llamando al 901 y a mi Administración de Tesorería, esta mañana he conseguido que me atendiese alguien que me ha dicho lo que dices tú:

"Al haber un cambio de contrato, la base de IT es desde la fecha de cambio hasta el día anterior a la baja". Por lo que ya tengo la primera parte solucionada.

Ahora a esperar a tener el parte de alta... ¡o de confirmación el Viernes y de alta el Sábado o el Domingo! Lo que sí que me han asegurado es que el Lunes va a trabajar.

Al menos he repasado el convenio y en los accidentes no laborales no hay compensación hasta el décimo día de baja por lo que esto simplifica los cálculos.

Salu2.  8)
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Buenas:

al final le han dado de alta hoy. Por tanto, al ser una trabajadora de "cobro mensual" a la hora de calcular las bases de cotización tengo que tener en cuenta que "DÍAS DE BAJA = 30 - DÍAS TRABAJADOS EN EL MES".

Así, a efectos de cotización los días trabajados serían 5 (30 - (18+4+3) = 5) aunque la baja haya sido de 4 días: 23, 24, 25 y 26.

Si bien, a efectos de cobro sólo hay que tener en cuenta el día 26 como primero (y único) subsidiado.

En definitiva:

1º) del 1 al 18: cobra 18 días y cotiza 18 días.

2º) del 19 al 22: cobra 4 días y cotiza 4 días.

3º) del 23 al 26: cobra 1 día (subsidio del 60% de la Base Reguladora) y cotiza 5 días (BR*5).

4º) del 27 al 29: cobra 3 días y cotiza 3 días.

O sea, el día "extra" para completar los 30 se suma a la cotización de la baja.

Salu2.  8)
 
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