Estás utilizando un navegador obsoleto. Puede que este u otros sitios no se muestren correctamente. Debes actualizarlo o utilizar un navegador alternativo.
SI UNA ADMINISTRADORA Y PROPIETARIA 100% DE UNA SL SE CASA CON UN TRABAJADOR, ESTE TRABAJADOR YA DEBE PASAR A SER AUTONOMO ¿NO? Y SI SU TRABAJO VA A SER FACTURADO MAYORITARIAMENTE A LA SL DE SU ESPOSA, ¿DEBERIA SER TRADE?
Pues porque no factura a su mujer, sino que trabaja con ella, siendo una únida unidad (a no ser que se demuestre lo contrario), por lo que no existe relación alguna: ni laboral ni, mucho menos, mercantil.
Igual me lio, ¿pero no es un TRADE cualquier autónomo que factura mas de un 75% a un mismo cliente? El cliente sería la SL de su mujer, entonces estaría obligado a pagar la cuota de accidentes de su autónomo, no?
Un trade es un autónomo que se da de alta en hacienda y en la seguridad social con su propia actividad y factura el 75% a una empresa.
Este señor no se dará de alta en hacienda con su actividad. Ests señor es cónyuge de la administradora t si quiere trabajar en la empresa como lo hizo hasta ahora pues lo darás de alta de autonomos solo en la seguridad social como familiar de socio( de su mujer).
"Los profesionales que ejerzan su profesión conjuntamente con otros en régimen societario o bajo cualquier otra forma jurídica admitida en derecho no tendrán en ningún caso la consideración de trabajadores autónomos económicamente dependientes."
Utilizamos cookies para ayudar a personalizar el contenido, adaptar la experiencia, y si estás registrado, a mantenerte conectado.
Al continuar utilizando este sitio, estás dando tu consentimiento a nuestra utilización de cookies.