Para poder contratar becarios, éstos siempre tienen que estar integrados en los planes de estudios de la carrera que se cursa.
Si los trabajadores ya han obtenido la titulación, no se puede utilizar esta figura, lo conveniente el contrato en prácticas.
Prácticas externas para estudiantes en empresas
PRÁCTICAS CURRICULARES
Aquellas que convalidas por créditos académicos. Están pensadas como actividades integrantes en el plan de estudios de tu carrera. Ten en cuenta que la convalidación de créditos dependerá única y exclusivamente de la oficina de prácticas de tu facultad, aunque seamos nosotros, la OPE, los que gestionemos las prácticas por el hecho de ser remuneradas.
PRÁCTICAS EXTRACURRICULARES
Es la actividad formativa que no puedes convalidar por créditos académicos, aunque faciliten tu inserción en el mercado laboral a través de la adquisición de nuevas competencias en una empresa.
Como estudiante podrás realizarlas con carácter voluntario durante tu periodo de formación. Aunque tiene los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte de tu plan de estudios. No obstante, sí las contempla el Suplemento Europeo al Título.
Como estudiante tú decides si quieres realizar curriculares o extracurriculares, y es tu facultad la que debe darte el visto bueno. Esta decisión debe ser anterior al comienzo de las prácticas.
Importante: novedades en materia de alta y cotización a la Seguridad Social de los estudiantes en prácticas externas:
Prácticas externas curriculares no remuneradas: la entidad colaboradora no tiene obligación de dar de alta ni de cotizar a la Seguridad Social.
Prácticas externas curriculares remuneradas: la entidad colaboradora tiene la obligación de dar de alta y de cotizar a la Seguridad Social, aunque la Disp. Adicional 25ª del RDL 8/2014, establece que tendrán una bonificación del 100% en la cuota de cotización a la Seguridad Social a partir del 1 de agosto de 2014.
*SISTEMA RED - R.L.C.E SS 9928 y los 41,01 euros están BONIFICADOS.
Prácticas externas extracurriculares no remuneradas: la entidad colaboradora no tiene obligación de dar de alta ni de cotizar a la Seguridad Social.
Prácticas externas extracurriculares remuneradas: la entidad colaboradora tiene la obligación de dar de alta y de cotizar a la Seguridad Social (sin bonificación alguna).
*SISTEMA RED R.L.C.E SS 9927 y no hay bonificación. 41,01 euros
COTIZACIÓN:
Se utiliza la Cotización para los Contratos de Formación y Aprendizaje:
Concepto Empresa Trabajador Total
Por Contingencias Comunes 30,67 6,12 36,79
Por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
IT: 2,36 IMS:1,86 4,22 = 41,01