A quién me encaro?

EL NOMINAS

Miembro activo
Buenas tardes,

Tengo un trabajador que fue baja médica el 08/02/2016, al contrastar que el motivo de la baja era el mismo de otro proceso anterior. Decido reclamar la el reconocimiento de recaída al INSS. Pues bien a fecha de hoy, me llega escrito del INSS reconociendo que no es un proceso nuevo, por lo que procedía aplicar pago delegado del importe que la empresa pago. ¿Qué debo de hacer: reclamarle ese importe que abone al trabajador y que el trabajador se apañe con la tesorería o rellenar el documento tc. 13-1 de solicitud de ingresos indebidos?.

Gracias
 

aprendiz

Miembro
Buenas tardes:

Como se trata del periodo de liquidación de FEBRERO cuyo plazo para compensar en los seguros sociales ya ha transcurrido, en estos casos hay que reclamar la cuantía de la prestación directamente al INSS.

Un saludo.
 

EL NOMINAS

Miembro activo
Al final nómina por diferencias (devolución al trabajador de su retención por cotización y pago la diferencia ya que debió de cobrar el 75%) y cotización en una complementaria para regularizar el empastre. En fin, que su "donde dije digo, dígo Diego" me va a costar a mí un ratito de trabajo.
 

campus34

Miembro conocido
Una pregunta, cuando pones "al contrastar que el motivo de la baja era el mismo de otro proceso anterior", ¿cómo lo has contrastado?
Es decir, en el parte que se entrega a la empresa no aparece el motivo de la baja.

Es que es un tema interesante, porque tengo muchos casos recurrentes de personas que están 15 días de baja, luego de alta 4 dias, luego otros 10 días de baja... y así continuamente.

Un saludo y gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Normalmente es en base a lo que voluntariamente (normalmente por iniciativa suya, si preguntarle nada) el empleaado te dice.

Obviamente no puedes saberlo sistemáticamente, ya que en el ejemplar del parte de baja para la empresa no está el diagnóstico.

Tambien puedes estar alerta en ciertos casos, por ejemplo enfermedes crónicas conocidas, embarazos  don bajas intermitentes, etc.

Pero vaya, ahí la empresa normalmente está vendida, la tratarse de una información que no se le facilita.

Saludos
 

fundación

Miembro conocido
En el parte de baja se indica si cuando es recaída o no. Hay que fiarse del médico porque la empresa está vendida ahí. Yo alguna vez he llamado a la mutua en casos flagrantes y a contestación posterior me han indicado que sí era recaída, y a tratarlo como tal en la gestión de nóminas.
 

EL NOMINAS

Miembro activo
Campus_34 yo intento hacerme siempre una copia del parte del trabajador. Normalmente me traen todas me quedo el parte de la empresa y copia de la del trabajador, por el tema del diagnóstico. Aunque como dice Nando_bcn este caso es fragante (tres años con bajas continuas por vértigos).
Sobre este mismo caso, al considerar que es recaída y por acumulación de procesos por la misma enfermedad, acabo de recibir nuevo comunicado indicándome  que como el trabajador supera los 365 días el alta que le dio posteriormente el médico del INSS (también en febrero) queda anulada ya que solo la inspección puede dar dicha alta. En su día la tramite y ha estado viniendo a trabajar.  Todo es referente al mes de febrero y mi empresa se encuentra en el mes de Abril. Vamos adelantados y lo del Siltra no lo he entendido bien?. Es para volverse locos o no?,
 
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