Tengo una duda respecto al cálculo de IVA y los pagos fraccionados de IRPF (acogido al régimen simplificado), se trata de una persona física dada de alta en los epígrafes 419.1 Industria del pan y 644.1 Cio. menor pan. El epígrafe 644.1 está acogido al R.E., por lo tanto, a la hora del cálculo de la cuota de IVA, sólo se tendrán en cuenta las compras y las ventas relacionadas con el epígrafe 419.1 verdad? y a la hora del cálculo de los pagos fraccionados de IRPF, se tendrán en consideración tanto las compras como las ventas de los dos epígrafes?
.....Gracias y saludos.....
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