IRPF e IVA

afj

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Tengo una duda respecto al cálculo de IVA y los pagos fraccionados de IRPF (acogido al régimen simplificado), se trata de una persona física dada de alta en los epígrafes 419.1 Industria del pan y 644.1 Cio. menor pan. El epígrafe 644.1 está acogido al R.E., por lo tanto, a la hora del cálculo de la cuota de IVA, sólo se tendrán en cuenta las compras y las ventas relacionadas con el epígrafe 419.1 verdad? y a la hora del cálculo de los pagos fraccionados de IRPF, se tendrán en consideración tanto las compras como las ventas de los dos epígrafes?

.....Gracias y saludos.....
 

ferrarito

Nuevo miembro
Te están haciendo un lio.
Si esta en régimen simplificado de Iva, entonces los pagos fraccionados es una cuota fija al trimestre, teniendo en cuenta los índices de esa actividad (personal asalariado, no asalariado etc).

Por tanto, al hacer los pagos fraccionados no se tienen en cuenta, ni los ingresos ni los gastos.

 

afj

Miembro
No si lo he explicado bien, está acogido al régimen simplificado en el IRPF y atendiendo a los epígrafes en cuanto al IVA uno está acogido al régimen General y otro en el Recargo de Equivalencia por ser comercio.
 

MNbuerg

Nuevo miembro
Es exactamente como índicas.
irpf, las dos actividades,
y para el iva tienes en cuenta las facturas  de compras y gastos de la segunda actividad.

Probablemente tengas gastos comunes (local, luz....) estos los tendrás que prorratear
 
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