Consignacion indemnizacion despido causas objetivas

anace

Nuevo miembro
Hola!,
Tengo una duda con respecto a la consignacion. Tenemos que hacer un despido por causas objetivas-organizativas, se le dio la carta a la trabajadora junto con sus 20 dias por año trabajado, la entidad tiene un acuerdo por el cual se le paga adiocionalmente 13 dias mas, por haber trabajado en mas de dos programas. ( es decir se le abonan 33 dias). la trabajadora va a reclamar por la improcedencia.
la cuestion seria: si consignamos para que no corran los salarios de tramitacion, estamos reconociendo la improcedencia del despido???. y por otro lado, que cantidad tenemos que consignar si la trabajadora ya ha recibido 20 dias 13. Consignamos por la cantidad hasta llegar a 45 dias?? ( es decir 12 dias mas)??.
Muchas gracias de antemano
 

Raquel GR

Miembro activo
Que cosa más rara...

Le dais 33 por?

Si consignas evidentemente estas reconociendo la improcedencia y además optando por la indemnización.

Si su contrato está sujeto a la disposición de la 12/2001 le habeis dado los 33 pues ya está, si no, pues consigar la diferencia hasta los 45, en este caso yo especificaría en la carta que se le manda al juzgado que ya se le han dado tantos dias de indem y que la cantidad consignada es la diferencia hasta los 45.

Un saludo.
 
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