Hombre, si contratas a alguien para trabajar solo sábados y domingos yo no le pagaría ese plus, hay sentencias en ese sentido.
Y lo del cuarto turno, lo dicho, hay que ver qué dice el Convebnio exactamente, un cuarto turno puede ser de fin de semana o también que haya tres turnos continuos de 8 horas (mañana, tarde y bnoche) y un cuarto que sea central, con pausa para comer, tipo 10 a 19 horas o algo de eso, por ejemplo...no es un concepto cerrado y lo primero es entender el concepto y luego ya decidir si pagar el complemento o no ...