Turno de oficio, sujeto y no exento de IVA.

PEDROJ

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Para quien le pueda interesar.


"La Dirección General de Tributos (DGT) cambia el criterio en relación con la tributación en IVA de los servicios prestados por abogados y procuradores adscritos al Turno de Oficio. Así lo establece en la contestación a la consulta DGT V0179-17, de 25 de enero de 2017."

http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/8123383/01/17/El-Turno-de-Oficio-deja-de-estar-exento-del-IVA-y-tributara-al-21.html

 
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