401 tras 402

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Una empresa realizó un contrato 402 con una vigencia de 1 mes a un trabajador
La empresa está encantada con el trabajador y quiere renovarlo. Una opción sería renovarlo con otro 402 durante 11 meses hasta alcanzar el máximo de 12 meses, pero la empresa no quiere tener que decidir si lo transforma en indefinido dentro de 12 meses.
En definitiva, una vez finalizado el contrato 402 de 1 mes, ¿sería posible iniciar un contrato 401 con una obra o servicio totalmente diferente a las tareas del contrato 402 para poder alargar la decisión de transformarlo o no en indefinido más allá del límite de los 12 meses de la suma de contratos 402?
Gracias a todos
Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si existe causa real, adecuada al tipo de contrato y acreditable, y la actividad del trabajador se va a centrar en la en esa obra o servicio objeto del contrato, ningún problema.

Pero el planteamiento deberia ser el revés, es decir, considerar qué necesidades tengo,  naturaleza, etc, y a partir de ahí definir el tipo de contratación, duración, etc.

Saludos
 

Ro

Miembro activo
Zizouforever dijo:
Buenos días
Una empresa realizó un contrato 402 con una vigencia de 1 mes a un trabajador
La empresa está encantada con el trabajador y quiere renovarlo. Una opción sería renovarlo con otro 402 durante 11 meses hasta alcanzar el máximo de 12 meses, pero la empresa no quiere tener que decidir si lo transforma en indefinido dentro de 12 meses.
En definitiva, una vez finalizado el contrato 402 de 1 mes, ¿sería posible iniciar un contrato 401 con una obra o servicio totalmente diferente a las tareas del contrato 402 para poder alargar la decisión de transformarlo o no en indefinido más allá del límite de los 12 meses de la suma de contratos 402?
Gracias a todos
Saludos
Sí es posible en vez de prórroga( ficticia pues ese planteamiento de la empresa demuestra que se encuentra dentro del  90% de los contratos temporales en fraude de ley, por carecer de causalidad) hacerle un 401 por servicio ( como sabemos la mayoría de las veces inventado) y así en vez de estar 12 meses temporal podrá estar hasta  24 meses. Bien una vez aclarado esto, lo que yo le digo a estos clientes es ok. Lo hago pero que sepáis que no es más que una ilusión óptica( veis el contrato temporal pero es un indefinido desde el primer momento)
Si no hay inspección ni el trabajador reclama el despido, pues la empresa le resulta más ventajoso este tipo de contratación pues se siente más tranquilo al no tener el trabajador indefinido y como la mayoría de las veces no ocurren ni inspecciones ni reclamaciones pues seguimos con el 90% de contratación temporal en fraude de ley.  ;)
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ro dijo:
Zizouforever dijo:
Buenos días
Una empresa realizó un contrato 402 con una vigencia de 1 mes a un trabajador
La empresa está encantada con el trabajador y quiere renovarlo. Una opción sería renovarlo con otro 402 durante 11 meses hasta alcanzar el máximo de 12 meses, pero la empresa no quiere tener que decidir si lo transforma en indefinido dentro de 12 meses.
En definitiva, una vez finalizado el contrato 402 de 1 mes, ¿sería posible iniciar un contrato 401 con una obra o servicio totalmente diferente a las tareas del contrato 402 para poder alargar la decisión de transformarlo o no en indefinido más allá del límite de los 12 meses de la suma de contratos 402?
Gracias a todos
Saludos
Sí es posible en vez de prórroga( ficticia pues ese planteamiento de la empresa demuestra que se encuentra dentro del  90% de los contratos temporales en fraude de ley, por carecer de causalidad) hacerle un 401 por servicio ( como sabemos la mayoría de las veces inventado) y así en vez de estar 12 meses temporal podrá estar hasta  24 meses. Bien una vez aclarado esto, lo que yo le digo a estos clientes es ok. Lo hago pero que sepáis que no es más que una ilusión óptica( veis el contrato temporal pero es un indefinido desde el primer momento)
Si no hay inspección ni el trabajador reclama el despido, pues la empresa le resulta más ventajoso este tipo de contratación pues se siente más tranquilo al no tener el trabajador indefinido y como la mayoría de las veces no ocurren ni inspecciones ni reclamaciones pues seguimos con el 90% de contratación temporal en fraude de ley.  ;)

Yo es que debo vivir en los mundos de Yupi.
Pêro es que opciones que no veo consistentes, en plan "por si cuela, cuela" no me las planteo.
Eso sí, procuro echarle muccha energia e imaginación para solventar muchas situaciones de la mejor manera, pero siempre de forma mínimamente defendible.

Tambien es cierto que no es lo mismo trabajar para una sola empresa y desde dentro que para diversos clientes y que te pueden llegar a plantear cosas muy raras, y en ese cotexto veo muy razonable lo que dices, Ro.´

Pero debo admitir que me cuesta entender que se planteen cuestiones sobre contratos temporales eludiendo cualquier información o cuestión sobre las causas de temporalidad a las que atenerse. Eso deberia ser básico.

Si alguien pregunta, qué contrato puedo hacer por tanto tiempo a alquien que,,, , si el consultante no da más información, entiendo que antes que nada, deberemos preguntar por las posibles cirunstancias que pudn justificar un contrato temporal y a partir de ahí comentar cuál puede ser el  más adecuado, si lo hay, claro. Entiendo que desde un foro como este debe fomentarse este tipo de pedagogia. Tal vez en ocasiones no habrá opcíón (y es bueno que el consultante lo sepa y, si es el caso, lo transmita a sus clientes o jefes) pero tal vez en otras sí, y podremos intentar recomendar la mejor opción y denfendible.

Saludos

 

Ro

Miembro activo
Nando, completamente de acuerdo, y si lees con atención mi contestación defiendo lo mismo que tú.
Aunque intentemos reflejar una causalidad con sentido común, debido a la negativa de la empresa a contratar indefinido, a veces resulta bastante complicado aunque haya que hacerlo y se hace, porque nosotros asesoramos a los clientes pero al final son ellos los que toman las decisiones bajo su responsabilidad y nada podemos hacer, salvo avisar que esa contratación no es la correcta.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Sí, lo sé Ro, lo dejas de forma muy clara ya en tu primera intervención. Y sé que hablas desde el rigor pero también desde la experiencia de tener que lidiar con clientes que piden este tipo de cosas. Al final tú les adviertes de la irregularidad y riesgos.

De lo que también voy tomando conciencia, por lo que decís, es que casi nunca pasa nada, lo que explica que de forma tan generalizada se hagan o planteen este tipo de cosas.

Saludos
 

Santiago

Miembro conocido
Muchas gracias

Tenéis razón en todo.
Al final lo que se trata es de informar al cliente y que ellos decidan bajo su responsabilidad, aunque mi opinión personal es que un 401 después de un 402 es una chapuza.
Mejor seria una prórroga de 11 meses hasta el límite de los 12 y después decidir si se desea la permanencia del trabajador o no.
Pero ya sabemos, los empresarios no quieren contratos indefinidos...

Gracias de nuevo a todos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Zizouforever dijo:
Muchas gracias

Tenéis razón en todo.
Al final lo que se trata es de informar al cliente y que ellos decidan bajo su responsabilidad, aunque mi opinión personal es que un 401 después de un 402 es una chapuza.
Mejor seria una prórroga de 11 meses hasta el límite de los 12 y después decidir si se desea la permanencia del trabajador o no.
Pero ya sabemos, los empresarios no quieren contratos indefinidos...

Gracias de nuevo a todos

No es necesariamente una chapuza, Zizouforever, aunque es cierto que este tipo de combinaciones suelen oler a chamusquina y normalmente con razón.

Pero vaya, no es necesariamente anómalo encadenar sucesivos contratos temporales. Al final, como hemos venido repitiendo, es cuestión de  atenerse a las posibles causas de temporalidad que podemos hacer valer y ver su posible correspondencia con alguna de las modalidades de contratación temporal, duración, etc.

Así, das por sentado que lo más adecuado sería prorrogar el actual contrato eventual hasta los 12 meses (entiendiendo que en este caso el convenio permite esa duración máxima). En fin, tú tienes conocimiento directo del caso y lo podrás valorar, pero, más allá del tema de la duración, dependerá de que exista una acumulación de tareas, etc, que justifique este tipo de contratos.

Por otro lado, yo he podido realizar sucesivas contrataciones temporales, combinando ante un solo trabajador sucesivos contratos eventuales, de interinidad por una causa u otra, pero siempre ante una causa de temporalidad a mi entender válida, existente y acreditable (sustituye a una empleade de baja previa a la maternidad, luego a la misma empleada pero ya durante la maternidad, luego a alguien de IT, un eventual durante el periodo de vacaciones,etc.), incluso un obra y servicio con  uno posterior en prácticas (pero es al finalizar el contrato de obra o servicio y que tenía como objeto una obra o servicio con naturaleza de tal, el trabajador ha obtenido una titulación que permite el contrato en prácticas y para ocupar un puesto distinto y relacionado con la titulación recién obtenida.
En fin, la verdad es que hablo de casos bastante puntuales, pero, como decía, se puede conjugar rigor y contratación  temporal con combinaciones bien diversas, si es necesario, procurando ser consciente y analizando las diversas circunstancias que puedan existir y permitan esa contratación temporal, por extraña que pueda parecer la elección  o combinación.


 
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