Buenas tardes:
A un trabajador de una empresa se le facilitó el acceso a la jubilación parcial a los 61 años, con una reducción de jornada del 85%. Para ello, la empresa contrató a su sustituto, a jornada completa, mediante un contrato indefinido; y al trabajador jubilado parcialmente se le "cambió" su contrato indefinido (lleva en la empresa casi 40 años) por uno temporal a tiempo parcial, clave 540 (15% de jornada).
Al trabajador relevista se le contrató mediante un contrato indefinido bonificado, según el R.D Ley 1/2015 y Ley 25/2015 (reducción de cuotas. Los famosos 500 ).
Dicho contrato se formalizó el 7 de junio de 2016.
En los 30 días anteriores a la contratación (esto es, entre el 08/05/2016 y el 06/06/2016) la plantilla media de trabajadores era de 82 (70 son indefinidos y los 12 restantes son contratos idénticos al que se le novó al trabajador jubilado parcialmente. O sea, son trabajadores jubilados parcialmente).
El día 7 de junio de 2016 la plantilla media era de 83 trabajadores (70 indefinidos y 13 temporales).
Ahora la Seguridad Social le reclama a la empresa que reintegre las bonificaciones porque entiendo que no hubo incremento del nivel de empleo indefinido...(entiende que había que incrementar los 70 contratos indefinidos y el número de contratos sigue siendo 70).
Desgraciadamente, entiendo que la Tesorería tiene razón porque realmente el trabajador jubilado parcialmente ya no tiene un contrato indefinido sino temporal por lo que no existe incremento de plantilla... ¿Qué opináis¿ ¿Veis alguna alegación razonable que se pueda hacer? MUCHAS GRACIAS por vuestras respuestas !!!
A un trabajador de una empresa se le facilitó el acceso a la jubilación parcial a los 61 años, con una reducción de jornada del 85%. Para ello, la empresa contrató a su sustituto, a jornada completa, mediante un contrato indefinido; y al trabajador jubilado parcialmente se le "cambió" su contrato indefinido (lleva en la empresa casi 40 años) por uno temporal a tiempo parcial, clave 540 (15% de jornada).
Al trabajador relevista se le contrató mediante un contrato indefinido bonificado, según el R.D Ley 1/2015 y Ley 25/2015 (reducción de cuotas. Los famosos 500 ).
Dicho contrato se formalizó el 7 de junio de 2016.
En los 30 días anteriores a la contratación (esto es, entre el 08/05/2016 y el 06/06/2016) la plantilla media de trabajadores era de 82 (70 son indefinidos y los 12 restantes son contratos idénticos al que se le novó al trabajador jubilado parcialmente. O sea, son trabajadores jubilados parcialmente).
El día 7 de junio de 2016 la plantilla media era de 83 trabajadores (70 indefinidos y 13 temporales).
Ahora la Seguridad Social le reclama a la empresa que reintegre las bonificaciones porque entiendo que no hubo incremento del nivel de empleo indefinido...(entiende que había que incrementar los 70 contratos indefinidos y el número de contratos sigue siendo 70).
Desgraciadamente, entiendo que la Tesorería tiene razón porque realmente el trabajador jubilado parcialmente ya no tiene un contrato indefinido sino temporal por lo que no existe incremento de plantilla... ¿Qué opináis¿ ¿Veis alguna alegación razonable que se pueda hacer? MUCHAS GRACIAS por vuestras respuestas !!!