COTIZACION HORAS EXTRAS

ISABEL

Miembro
Si una empresa pagase horas extras bajo otros conceptos por superar el límite, ¿a que se expone ante una inspección? Es decir, además de superar las horas permitidas, realmente no deja de cotizar ningún importe, ya que las horas cotizan los mismos porcentajes que los otros conceptos, ¿no?. Si no hay infracotización, ¿Qué tipo de sanción podrían imponer?. Gracias
 

Mr. White

Miembro activo
En la LISOS lo tienes, para empezar se estaría vulnerando la normativa de horas extras, lo cual es una grave, hasta 6250 euros por trabajador...

Luego, dependiendo de cuántas horas se hagan al año (no es lo mismo 81 horas que 250 horas extras), o si pasa alguna tragedia porque los trabajadores no son máquinas - aunque ellos por ganar dinero sí se lo crean y a veces tienen accidentes por despistes,... al llevar muchas horqas trabajando, sin respetardescansos blablblá-  igual hay que ir a ver a un juez de lo Penal, estos no ponen sanciones, sino que ponen penas de multa o de cárcel.

Eso sí, cuando el empresario le diga que cotiza las horas pero en otros conceptos y no hay infracotización, seguro le da una piruleta en el calabozo.
 

Black Mamba

Miembro
Por superar el límite máximo de 80 horas: Infracción grave (Art. 40.1 b de la LISOS): entre 626 y 6.250€. Al ser límite anual, se considera una infracción por cada año de incumplimiento.

Por remunerar horas extras como otros conceptos (camuflándolas):

a) Si se constata la realización de horas extras cuyo abono y cotización se realiza mediante su inclusión en otro tipo de complementos salariales, se extenderá acta de liquidación o requerimiento de pago de cuotas por falta de cotización adicional de las horas extras.

b) Además se extenderá acta por infracción muy grave en caso de incremento indebido de la base de cotización del trabajador de forma que provoque un aumento en las prestaciones, en cuyo caso la sanción podría oscilar entre 10.001 y 187.515€ (art. 40.1.e de la LISOS).
 

ISABEL

Miembro
Y yo me pregunto, ¿porqué un trabajador puede tener 2 contratos a jornada completa con dos empresas diferentes y no puede hacer mas de 80 horas extras anuales?, pagadas y consentidas.
¿Por los trabajadores que no encuentran trabajo?
 

Black Mamba

Miembro
Es política gubernamental sobre todo. Con la cantidad de desempleo que hay, es normal que se quiera regularizar y que se permitan las mínimas posibles.

Tampoco es bueno que exista un abuso ya que hay trabajadores que por ellos harían 80 horas mensuales dado que no llegan a fin de mes. Imaginad el cansancio, la ansiedad, poca conciliación y estrés que se traduciría en bajas médicas, más Accidentes Laborales, etc.

 

Noviembre

Miembro
Aprovecho para plantear una duda que tengo respecto al límite de horas
¿Las 80horas se prorratean según la duración del contrato?
Un ejemplo un poco exagerado:Si un trabajador tiene un contrato por obra que dura solo un mes ¿Puede hacer las 80horas en ese mes?
 
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