Necesito ayuda con el siguiente caso, ya que no estoy muy puesto en extranjería
1.- Extranjera solicita residencia temporal por familiar de la UE, con fecha 1 de junio del 2017.
2.- El 2 de agosto se recibe requerimiento para una subsanación de datos en el plazo de 10 días hábiles, que son aportados el 11 de agosto. Esto suspende el plazo entre la notificación del requerimiento y su contestación, no?
3.- A día de hoy no tiene resolución expresa y consultado en el map me indica expediente en vía de recurso.
Podría entender que tiene autorización para trabajar por silencio administrativo positivo?
ya que entre la fecha de solicitud incluso descontando los días de suspensión del plazo , han pasado más de 3 meses.
Gracias
1.- Extranjera solicita residencia temporal por familiar de la UE, con fecha 1 de junio del 2017.
2.- El 2 de agosto se recibe requerimiento para una subsanación de datos en el plazo de 10 días hábiles, que son aportados el 11 de agosto. Esto suspende el plazo entre la notificación del requerimiento y su contestación, no?
3.- A día de hoy no tiene resolución expresa y consultado en el map me indica expediente en vía de recurso.
Podría entender que tiene autorización para trabajar por silencio administrativo positivo?
ya que entre la fecha de solicitud incluso descontando los días de suspensión del plazo , han pasado más de 3 meses.
Gracias