RETENCION A APLICAR

Pau

Nuevo miembro
Buenos días, un trabajador tuvo contrato indefinido sin retención al IRPF de enero a agosto, causa baja voluntaria, retribuciones brutas (5.300 euros). En el mes de octubre se le hace un contrato de 10 días, retribución bruta 260 euros, entiendo que hay que retenerle el mínimo para temporales del 2%.
El programa de nóminas en la previsión de ingresos aplica un 45% a esos 10 días. Entiendo que no es así y la retención va sólo sobre la retribución del contrato temporal, pero no se si se me está escapando algo.
Gracias por vuestras respuestas.
 

fundación

Miembro conocido
La solución sería que retengas ahora el 2% y en el 190 pongas en el registro de datos del trabajador que tuvo relación tipo 1, indefinida.
 

fundación

Miembro conocido
Ya claro, pero básicamente le está regularizando ese 2% a 5300+260 para retener 111 euros sobre los 260.
 

rerete

Nuevo miembro
Buenos días; la empresa está obligada a retener por el total de las retribuciones satisfechas a lo largo del año, por lo que el programa de nóminas estará totalizando lo ya pagado más lo de esos 10 días y aplica la retención correspondiente a todas las cantidades percibidas por el trabajador.
Saludos!
 

Nikki_sp

Miembro conocido
Mira a ver si en el modelo 190 puedes hacer 2 registros, en vez de uno, con una relacion laboral indefinida en uno y en otra temporal. Asi no tendras problemas con AEAT.
 
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