Buenos días, un trabajador tuvo contrato indefinido sin retención al IRPF de enero a agosto, causa baja voluntaria, retribuciones brutas (5.300 euros). En el mes de octubre se le hace un contrato de 10 días, retribución bruta 260 euros, entiendo que hay que retenerle el mínimo para temporales del 2%.
El programa de nóminas en la previsión de ingresos aplica un 45% a esos 10 días. Entiendo que no es así y la retención va sólo sobre la retribución del contrato temporal, pero no se si se me está escapando algo.
Gracias por vuestras respuestas.
El programa de nóminas en la previsión de ingresos aplica un 45% a esos 10 días. Entiendo que no es así y la retención va sólo sobre la retribución del contrato temporal, pero no se si se me está escapando algo.
Gracias por vuestras respuestas.