derecho o no a prestacion por desempleo?

NOEMI

Miembro conocido
Trabajadora que solicita excedencia por cuidado de hijos, justo cuando se le acaba la excedencia le comunican que no la renuevan el contrato.
Mi pregunta es: si nunca llega a reincorporarse de esa excendencia¿podría solicitar prestación por desempleo? o debe por lo menos ir un día a trabajar, que le tramiten el fin de contrato para poder tener derecho a prestación por desempleo?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que tiene derecho a desempleo si tiene la cotización. Pero, ojo, debe estar dispuesta a la búsqueda activa de empleo cuando solicite el paro.
 

NOEMI

Miembro conocido
Pero tiene que ir un día por lo menos a trabajar no? a día de hoy no consta de alta porque está de excedencia
¿por que puede acceder directamente desde la excedencia al desempleo?
 

Mr. White

Miembro activo
Por un lado, eso de no renovar a alguien que está de excedencia por cuidado de hijo tiene un riesgo de nulidad altísimo, pues si el contrato es en fraude de ley es un despido, no improcedente, sino nulo.

Por otro lado, el tiempo de excedencia por cuidado de hijo computa como antigüedad y por tanto ese tiempo se considera como trabajado a efectos deindemnización.

De cara al paro,  se considera asimilada al alta la situación del trabajador durante la excedencia por período no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo. Eso sí, se tendrán en cuenta las cotizaciones de los 6 años y los 180 días anteriores a la fecha de inicio de la excedencia.
 
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