En cuando la presentación del pago directo de forma online, por sede electrónica, ninguna queja. Pero en cuanto a la presentación de los sucesivos partes de confirmación, yo los venía presentando, tal como me indicaron en mi dirección provincial, por la vía que dice Ro, en la Sede Electrónica ciudadanos -variación de datos- presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones Inss (adjuntando la correspondiente autorización).
Sin embargo, desde octubre he recibido varias quejas de autónomos a los que no estaban realizando los pagos, a pesar de que yo había hecho la comunicación por vía telemática de los PC, por lo que me presenté de nuevo en la administración, y me dicen que efectivamente, los profesionales debemos hacer la presentación por vía telemática (tenemos prohibidísimo presentarlos nosotros en persona en nombre de nuestros clientes), pero los partes no llegan, así de simple, se pierden por el camino (por no se que problema del nº de referencia del justificante de presentación, que no les coincide mi envío con lo que les llega a ellos, y no son capaces de vincular la solicitud de pago directo inicial, con los sucesivos partes de confirmación).
Me presenté otro día, y un funcionario, que parecía que sabía de qué iba el tema (por la cara de aburrimiento que me puso), me dijo que, efectivamente, el sistema de presentación de los PC por sede electrónica no funciona, y que tendrá que venir el autónomo a presentar él mismo los partes. ¡Con un par!.
Y claro, el que ha quedado mal con sus clientes soy yo... reiré por no llorar.