FALTA DE PREAVISO Y SU COTIZACION DESPIDO OBJETIVO

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D

DAVIDIRU

Guest
La falta de preaviso en desp.objetivo genera 30 días de salario (entiendo que con inclusión de p.p. extras) a favor del trabajador. mis dudas son las siguientes:

1º.-Cotiza?
2ª Tiene retención irpf?

gracias
 

Raquel GR

Miembro activo
Hola David

Pues entiendo que sí, que cotiza y tributa, puesto que hablamos de salarios, que debió cobrar y no cobró, no es una indemnización, sino unos salarios dejados de percibir por esa falta de preaviso

Salvo mejor opinión, eso sí...
 

Raquel GR

Miembro activo
He contestado a tu pregunta... pero... no lo tengo nada claro

Así es que a ver si alguien dice algo, porque no lo tengo claro, al estar ya extinguido el contrato igual si tiene caracter de indem y ya no cotiza... (aunque si que tributaría)
Sé que hay sentencias por ahí que dicen que los salarios abonados de los 30 días por falta de preaviso, no se pueden deducir de los salarios de tramitación (en caso en el que el despido sea calificado como improcedente o nulo...) o sea que igual, es porque tiene caracter de indem y no de salarios...

No lo sé, la verdad.
 

Federico

Nuevo miembro
Hola, el TS en sentencia de 15/1/2008 considera los salarios por falta de preaviso como una indemnizacion por lo tanto en mi opinion no cotizan

Un saludo
 
D

DAVIDIRU

Guest
Efectivamente, yo también entiendo que tiene naturaleza indemnizatoria y que por lo tanto no  cotizan , aunque entiendo que si tributa al irpf. Tenía mis dudas y según lo dicho por federico pues pienso que queda claro.

gracias a tod@s.


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FERNANDO

Miembro conocido
Así es, ví la sentencia y dice que es indemnización. Sin embargo, habéis de coincidir conmigo que el ET al hablar de "salarios" te pone en duda.
 
D

DAVIDIRU

Guest
FERNANDO dijo:
Así es, ví la sentencia y dice que es indemnización. Sin embargo, habéis de coincidir conmigo que el ET al hablar de "salarios" te pone en duda.

por supuesto que induce a confusión.

gracias a tod@s
 
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