En los supuestos de pluriactividad:
Podrá percibirse el subsidio en cada uno de los regímenes de la Seguridad Social en el que se reúnan los requisitos exigidos.
Si los trabajadores acreditan las condiciones para acceder a la prestación solamente en uno de los regímenes, se reconocerá un único subsidio computando exclusivamente las cotizaciones satisfechas a dicho régimen.
Si en ninguno de los regímenes se reúnen los requisitos, se totalizarán las cotizaciones efectuadas en todos ellos, siempre que no se superpongan, y se causará el subsidio en el régimen en el que se acrediten más días de cotización.
En situaciones de pluriempleo:
El trabajador podrá causar el subsidio en cada empleo, si disfruta el correspondiente período de descanso.
En la propia página de la Seguridad Social.
Cobrará por los dos regímenes o contratos si reúne requistos. E incluso puede solicitarlos en períodos distintos dentro del límite 112 días.