paternidad regimen general y regimen autonomos

Nikki_sp

Miembro conocido
Buenas tardes

Un trabajador trabaja  para una empresa en regimen general y al mismo tiempo es autonomo.

ahora tiene un hijo. ¿recibe 2 prestaciones de paternidad, una por cada regimen?
 

Crisgogo

Nuevo miembro
Yo entiendo que el hecho causante da derecho a una única prestación, lo que no sé en base a cual se calculará la prestación.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
En los supuestos de pluriactividad:
Podrá percibirse el subsidio en cada uno de los regímenes de la Seguridad Social en el que se reúnan los requisitos exigidos.
 

Crisgogo

Nuevo miembro
el régimen agrario está integrado en el régimen general, por lo que no sería una situación de pluriactividad sino pluriempleo, no?
 

Nikki_sp

Miembro conocido
Y entonces como cobraria en ese caso.

Porque cotiza por la misma contigencia 2 veces ¿no?

Perdonad mi ignorancia, pero es que no controlo de regimen agrario.

GRacias
 

Nikki_sp

Miembro conocido
pero una prestacion sobre una base reguladora que contemple lo cotizado en la actividad de construccion y lo agrario?
 

Ro

Miembro activo
En los supuestos de pluriactividad:
Podrá percibirse el subsidio en cada uno de los regímenes de la Seguridad Social en el que se reúnan los requisitos exigidos.
Si los trabajadores acreditan las condiciones para acceder a la prestación solamente en uno de los regímenes, se reconocerá un único subsidio computando exclusivamente las cotizaciones satisfechas a dicho régimen.
Si en ninguno de los regímenes se reúnen los requisitos, se totalizarán las cotizaciones efectuadas en todos ellos, siempre que no se superpongan, y se causará el subsidio en el régimen en el que se acrediten más días de cotización.
En situaciones de pluriempleo:

El trabajador podrá causar el subsidio en cada empleo, si disfruta el correspondiente período de descanso.


En la propia página de la Seguridad Social.
Cobrará por los dos regímenes o contratos si reúne requistos. E incluso puede solicitarlos en períodos distintos dentro del límite 112 días.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
PEro es que agrario esta dentro de general.

Empece haciendo al pregunta simple, para luego cambiarla a tema agrario.
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
BUENOS DÍAS , NO HE TENIDO EL CASO, PERO YO CREO QUE SERÍAN DOS PRESTACIONES , PORQUE AUNQUE ESTE INTEGRADO EN EL REGIMEN GNERAL, ES UN SISTEMA ESPECIAL DENTRO DEL RÉGIMEN GENERAL.

YO LO QUE HARÍA ( SI LO VAMOS A TRAMITAR TELEMATICAMENTE) PRESENTAR DOS SOLICITUDES INDICANDO EN ALEGACIONES LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR.

SI LO VAS HACER PRESENCIALMENTE, YO ANTES CON UNA SOLICITUD ME REGISTRABAN COMO DOS PRESTACIONES.
 
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