CONTRATACION ESPOSA DEL AUTONOMO

AFG

Miembro
El Boletin RED 6/2017 publicado ayer, parecía que dejaba claro la posibilidad de contratar al conyuge. Lo dice claramente, explica el tipo de contrato y las bonificaciones.
Esta mañana toda mi gozo en un pozoo.. pues llamo a la Tesorería para que me lo confirmen y sorpresa. Según su opinión se sigue sin poder contratar a la esposa SI HAY CONVIVENCIA.
Le dije que el 99% de los matrimonios que conozco VIVEN JUNTOS que es los normal y me respondieron que si viven juntos se SIGUE SIN PODER HACER EL CONTRATO.
¿Como es posible que se haga un Boletin RED solo para ese 1% que no vive junto?
No entiendo nada
¿Sabéis a donde me puedo dirigir para que me lo aclaren?
 

Ro

Miembro activo
En caso de convivencia no cabe contrato ni bonificación, solo autónomo colaborador
 

bogie

Nuevo miembro
es bastante dificil,,,no recuerdo que ponga que si pone convivencia,lo que si debe existir es cuenta ajena y a no ser que lo demuestres, cosa muy complicada, pues no puedes hacerlo.......solo se me ocurre separacion de bienes, transferencia bancaria nomina, etc, etcccc 
 

FERNANDO

Miembro conocido
Es que es una estupidez de la norma. Eso sí, puede ser cónyuge y no haber ajenidad. Pero demuestra ese contrasentido.
 

Ro

Miembro activo
bogie dijo:
es bastante dificil,,,no recuerdo que ponga que si pone convivencia,lo que si debe existir es cuenta ajena y a no ser que lo demuestres, cosa muy complicada, pues no puedes hacerlo.......solo se me ocurre separacion de bienes, transferencia bancaria nomina, etc, etcccc

En diversas jornadas sobre la ley 6/2017 han comentado que nada de convivencia para contratación cuenta ajena bonificada para familiares. Incluso algún compañero hizo consulta a Tgss y fue lo que comentaron
 

Aslasa

Miembro
Será que somos unos antiguos, y los matrimonios de ahora no conviven juntos 😂😂, en fin el legislador hay veces que redacta los Boe con un algún vino de mas ..
 
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