Bueno, puede que ya no sea miembro del comité de empresa, y ya no le cubra la garantía al haber dimitido, pero eso no quiere decir que el despido no pueda ser nulo si se entiende que es una represalia por su pasado sindical o algo de eso...
Así, que 8 meses después se despida a un exComité sin causa o con una causa muy flojilla (lo digo por la rotundidad del "va a ser improcedente") puede tener su riesgo de nulidad...