Negociar un convenio directamente con los sindicatos

Mr. White

Miembro activo
Otro cambio de postura del Supremo y van...

"La reforma laboral de 2012 trajo algunos inconvenientes a la negociación laboral para cumplir estrictamente con este artículo. Además, fijó como prioritarias las normas empresariales por encima de los convenios sectoriales en un buen número de materias.

Ante esta tesitura, las compañías que no contaban con secciones sindicales optaron por negociar los convenios propios con delegados de personal, que, en ocasiones, representaban a un porcentaje pequeño de trabajadores.

Los jueces, por su parte, no se mostraron a favor de esta posibilidad y fueron tumbando los convenios que se habían firmado así, que pasaban a ser nulos. El Tribunal Supremo aludía al principio de correspondencia, una regla general que determina que un representante unitario no puede negociar un convenio que afecte al resto de trabajadores no representados por él mismo.

Estas decisiones judiciales significaban en la práctica que las empresas no podían negociar sus propios convenios con la representación unitaria si no se refiere a todos los trabajadores de la compañía.

(...) el giro actual del Alto Tribunal, que ya había apuntado la Audiencia Nacional, señala ahora que "debe admitirse que la negociación colectiva en aquellas empresas en las que no existan secciones sindicales constituidas se desarrolle entre los representantes del empresario y las propias organizaciones sindicales, que son las titulares originarias del derecho a la negociación colectiva". Para ello, el fallo subraya que "la aplicación del principio de correspondencia privaría a aquellas empresas que exploten más de un centro de trabajo -o que aun en el caso de que sean titulares de uno solo pretendan aperturar algún otro- y que no tengan secciones sindicales constituidas de negociar un convenio colectivo de empresa".

http://www.expansion.com/juridico/actualidad-tendencias/2017/12/12/5a301aab468aebc9628b4598.html
 

FERNANDO

Miembro conocido
Primero, era nulo sólo la parte del convenio en que no hubiera RLT que lo hubiese negociado.

Luego el convenio era nulo en su totalidad, si afectaba a un centro de trabajo sin RLT.

Ahora, resulta que sí, que es válido si secciones sindicales de un centro, pactan convenio que afecta a centros de trabajo sin RLT.

Ahora vale, si el convenio está negociado por secciones sindicales, siempre que las mismas incluyan a la mayoría de trabajadores de la empresa.

Eso sí, expansión: los sindicatos siempre han podido negociar CC de empresa.....
 
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