Retomo el tema, pues me están preguntado los clientes y estoy desconcertado con el tema.
Pajarillo, la propia respuesta que te dan desde la TGSS es contradictoria, pues te dicen "sin ninguna referencia al número de días de trabajo...", pero resulta que si lees te habla de ellos "que toma como referencia para la determinación del salario mínimo de los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, el fijado para los trabajadores eventuales y temporeros y que incluye todos los conceptos retributivos
Es que no tiene sentido, y veo defendible el calculo proporcional como en tiempo parcial, y me explico:
Ellos tiran por la calle de en medio un trabajador que trabaja 9 horas a la semana x 7,43 x 4 semanas = 267,48 euros/mes al año sería 2942,28 euros (267,48 por 11 meses pues las vacaciones se le abonan ya en el mes)
Como casi todos hacemos 9 horas a la semana salario sería 1108,33 * 0,225 = 249,37 x 12 meses = 2.992,49, al final estamos a la par.
Yo creo que se puede defender en caso de que la inspección intente liquidar cuotas por diferencias.