Sustitutiva en una autoliquidacion 303?

Pablolf

Miembro
Hola, quisiera hacer una consulta sobre una errata que he cometido con mis propias declaraciones del 303:

En la base imponible cuotas deducibles en operaciones interiores (casilla 28) he venido metiendo todas las bases con independencia del % de iva y también las que no han generado iva (como la cuota del colegio o de autónomos). Me acabo de dar cuenta del error que he hecho en mis cuatro trimestrales de 2017, si bien el iva si es correcto, pero claro al hacer el 390 no encaja la base imponible deducible como es natural.

Entiendo que no cabe una complementaria porque no se trata de variar las cantidades a pagar o de menor deducción, ya que estas son las mismas. Viendo la normativa veo que las autoliquidaciones solo pueden presentar complementarias, pero en este caso quisiera saber si cabe un escrito de rectificación solicitando una sustitutiva en cada trimestre para que se corrija la base imponible de las casillas 28 de cada trimestre.

Cómo lo veis? Saludos y perdonad el tocho. Saludos.
 
N

Nana

Guest
Presenta el 390 correcto, con las bases como deben, y realiza un escrito a AEAT explicando todo, aportando los 303 presentados, borradores correctos de como deberian quedar y el 390 presentado. Les pones que por error se comunicaron en casillas erroneas las bases y que el IVA es correcto, por lo que les solicitas que cambien en los trimestrales las bases y las pongan correctas
Un saludo
 

Pablolf

Miembro
Una duda, el escrito lo mandais a través de la página del modelo en cuestión (303 en este caso), en el apartado de "aportar documentación complementaria"? Lo hice así, y no se si está bien, pues entiendo que no cabe el procedimiento rectificativo pues ni me perjudica/beneficia a mi ni a la administración. Saludos y gracias por adelantado.

PD: iría con sanción? Entiendo que en la autoliquidación no.
 

BLS

Nuevo miembro
A mi desde la AEAT, me dijeron que tenia que enviar el escrito explicativo desde (te cuento ruta :))
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