CONTRATO JUBILACION PARCIAL

Menchi

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MI DUDA ES LA SIGUIENTE,

EN AGOSTO SE JUBILÓ PARCIALMENTE UN TRABAJADOR AL QUE LE HICE UN CONTRATO 540, Y OTRO TRABAJADOR DE LA EMPRESA TEMPORAL PASÓ A SER INDEFINIDO PARA CUBRIR ESTA JUBILACIÓN...AHORA LA EMPRESA QUIERE DESPEDIR AL TRABAJADOR QUE PASÓ A SER INDEFINIDO, DESPIDO DISCIPLINARIO, Y TRANSFORMAR A INDEFINIDA A OTRA TRABAJADORA TEMPORAL DEL MISMO CENTRO DE TRABAJO PARA CUBRIR LA JUBILACIÓN PARCIAL.....SE PUEDE HACER???, TENGO QUE COMUNIARLO MEDIANTE ALGÚN ESCRITO AL SEPE Y A LA SEGURIDAD SOCIAL ESTA INCIDENCIA???????

GRACIAS
 

Sadie

Miembro activo
Sí se puede.  A la nueva relevista le haces un contrato 189 y cumplimentas la claúsula octava : datos del contrato temporal ,  los datos del trabajador que tiene la jubilación parcial  etc(lo mismo que hiciste en Agosto) y lo comunicas al SEPE. Cuando hagas el cambio de contrato en el sistema RED tienes que marcar Sí en el campo contrato de relevo  y cumplimentar el campo NAF del trabajador sustituído. En definitiva hacer lo mismo que hiciste en Agosto con el primer relevista.

Yo tengo a un trabajador con jubilación parcial que va por el tercer relevista ya. Al primero lo despidieron y el segundo pidió la baja voluntaria. Está gafao  ;D
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hay un plazo de 15 días para la sustitución, ojo. De lo contrario, pagará la pensión de los días de exceso.
 

fundación

Miembro conocido
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/Jubilacionparcial/Obligacionesdelaemp35702/index.htm
 

nachov

Miembro
Una pregunta: ¿El contrato temporal que vais a transformar en indefinido es claramente legal? Quiero decir, ¿no existe posibilidad de que se entienda que está hecho en fraude de ley? Lo digo porque ante la más mínima sospecha de que el contrato temporal no se ajuste a derecho, pudieran no dártelo por válido y no te valdría para "cubrir" la plaza del trabajador que vais a despedir...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Tiene que ser legal. De lo contrario, la empresa podría tener que pagar la jubilación. Ojo.
 

Menchi

Nuevo miembro
HOLAL, EL CONTRATO TEMPORAL QUE TENÍA LA PERSONA QUE VA A SUSTITUIR AL JUBILADO ES UN 410, ASÍ QUE LO QUE HE HECHO ES UN CONTRATO INICIAL 100 Y LO HE VINCULADO CON EL JUBILADO....AL CHICO QUE SE DESPIDO YA LO HICIMOS ASÍ Y NO HA HABIDO PROBLEMA, TENÍA UN CONTRATO 410 Y LE CAMBIÉ A UN 100...TODO ESTO LO HICE EN EL MES DE AGOSTO Y EL JUBILADO NO TUVO PROBLEMA ...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, pero cuidado no indague el INSS. El jubilado no tendría problema, la empresa igual sí.
 

nachov

Miembro
Entiendo que antes de haberle hecho el contrato indefinido, habrás enviado al trabajador al SEPE a solicitar la demanda de desempleo, no? Te lo digo porque los requisitos que debe de reunir el relevista son:

El contrato de relevo se celebrará con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada
 

nachov

Miembro
Y si le has hecho el contrato indefinido sin "haberlo mandado al paro", posiblemente te lo rechacen puesto que no reúne ninguno de los 2 supuestos anteriores...
 

Menchi

Nuevo miembro
Ay me estoy agobiando muchísimo..........., yo en agosto lo hice así y no hice una transformación, yo leí la norma y  decía o bien con un desempleado, que entiendo q viene de la calle q no formaba parte de la empresa o con un trabajador con contrato temporal q ya tuviese la empresa pero no dice q ese contrato tenga q transformarse en indefinido...no?????????,  no pone o transformar a indefinido un contrato temporal a un trabajador de la empresa....de hecho os digo que en agosto al señor q accedió a jubilación parcial le sustituyó , al que ahora despedimos, y le hice contrato 100....sin pasar por desempleo...venía de contrato temporal uno de interinidad...y el jubilado está cobrando su jubilación......

ahora mismo estoy muy insegura, no he hecho ahora la transformación igual q no la hice en agosto y no hubo problema....pero dudo por todo lo que estáis poniendo...qué puedo hacer????
 

EL NOMINAS

Miembro activo
Yo he realizado el proceso de las dos formas con transformación y con baja del temporal y alta indefinido. Y no he tenido hasta la fecha ningún problema.
 

Menchi

Nuevo miembro
Pero es que yo no he hecho un 189, he hecho un 100 y lo que digo... en agosto así lo hice y no paso nada , no hubo problema ...sobre todo lo hice porque el trabajador con contrato temporal tenía un contrato de interinidad para cubrir una baja médica, lo mismo q ahora q la chica q va a cubrir otra vez al relevista tenía un contrato de interinidad de cubrir baja medica normal,...y como en agosto lo hice así y no le rechazaron la jubilación ahora tb lo he hecho .....no se porque he pensado q el de interinidad no se puede transformar....pero sí q en el contrato 100 he puesto q se trata de trabajador con contrato temporal y lo he identificado.....en el 100 viene para marcar las dos opciones o q se trata de trabajador desempleado o q es uno con contrato temporal....si no se pudiese no vendría esa opción en el texto del contrato 100 no???????, solo vendría en el texto del contrato 189????

bueno que ahora no se qué hacer!!!
 

Menchi

Nuevo miembro
PERO ENTONCES, LO DEJO ASÍ ?? INTENTO ARREGLAR Q ME CAMBIEN EN SEPE EN VEZ DE 100 A UN 189 Y HAGO ESCRITO SS Y Q ME CAMBIEN LA CLAVE COTNRATO A UN 189?? O LO DEJO ASÍ ??

Y SI NO SE PUEDE PORQUÉ CUANDO LO HICE EN AGOSTO EL TRABAJADOR RECIBIÓ RESOLUCIÓN DE Q LE CONCEDEN JUBILACIÓN PARCIAL Y NO LO RECHAZARON PORQUE SE HIZO UN CONTRATO 100 A UN TRABAJADOR CON CONTRATO TEMPORAL DE LA EMPRESA Y NO UN 189??

SOY MUY PESADA...LO SÉ ....PERO ES Q AHORA ESTOY Q NO SE QUÉ PUEDE PASAR Y SI COMO DECÍS EL INSS INVESTIGA Y DICE Q TODO ESTA MAL Y LA EMRPESA TIENE Q PAGAR JUBILACIÓN ?? PERO Y PORQUÉ NO LO RECHAZARON LA PRIMERA VEZ Q LO HICE??

AY DECIRME QUÉ HARÍAS VOSOTROS, SABIENDO LO QUE YA HE HECHO!!
 
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