Dudo mucho que una empresa ponga a un trabajador en un turno donde no hay trabajo que hacer...
Lo lógico y normal, y además también de conformidad con el art. 7.1 CC, es que el turno que tenga que hacer el trabajador sea en atención a la carga de trabajo...
Yo ya digo, si se da un preaviso lógico y razonable de los turnos que tiene que hacer al mes no veo nada ilegal... será la práctica la que pueda derivar en ilegalidad, pero por poner en contrato que los horarios que va a realizar son X ó Y, preavisados con antelación suficiente, yo no veo abuso alguno...