Pablolf
Miembro
Consulta: un arrendador de un inmueble destinado a alquileres de negocio cuyo único movimiento en el año ha sido deducir en el cuarto trimestre del 303 el iva de la factura del asesor fiscal se considera sin actividad y por tanto quedaría obligado a presentar el 390?
Gracias por adelantado.
Gracias por adelantado.