OBLIGACION DE DEMANDAR AL FOGASA PARA QUE LUEGO PAGUE

garcia montes

Nuevo miembro
Buenas tardes,

¿Es necesario demandar junto con la empresa demandada expresamente al FOGASA (tanto en la demanda por despido como en la de cantidad) para que luego, en el caso de que la empresa sea declarara insolvente o en concurso, el FOGASA abone sus prestaciones? Si no se demanda al FOGASA porque aparentemente la empresa es solvente (por ser enorme) y luego resulta que entra en concurso .... ¿Seguiría habiendo posibilidades de reclamar al FOGASA las cuantías de indemnización y de salarios? Es que me se suena que hace años sí era obligatorio pero que ha cambiado. Si tenéis la referencia legal...
Muchas gracias.
 

Mr. White

Miembro activo
Art. 33.3 ET:"...citará al FOGASA sin cuyo requisito no asumirá éste las obligaciones señaladas en los apartados anteriores"...

Lo más prudente es ampliar demanda contra FOGASA si huele a concurso o insolvencia, no cuesta nada y vas mejor vestido al proceso...
 

Michel

Nuevo miembro
Yo si demandé al fogasa junto con la empresa; no compareció a juicio ninguno de los dos.
Luego obtención declaración de insolvencia y fogasa.
Saludos.
 

Mr. White

Miembro activo
Fogasa va a uno de cada cien juicios, es como el ministerio fiscal...

Y si va FOGASA  a juicio es para alegar prescripción y cuatro excepciones más y que el trabajador/a no cobre, tienen poca plantilla y encima dedican sus esfuerzos a eso, que es lo fácil, en vez de ir a por los administradores de las sociedades para que responsan con sus bienes por administración desleal, que son unos cuantos...

 
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