Este año es el último para jubilaciones parciales que se acojan a la normativa anterior en personas incorporadas a planes de jubilación parcial; para la nueva normativa no hay plazos:
les será de aplicación la regulación de la pensión de jubilación vigente antes del 01-01-2013, a quienes hayan accedido a la pensión de jubilación parcial con anterioridad a 01-04-2013, así como a las personas incorporadas antes de dicha fecha a planes de jubilación parcial recogidos en convenios colectivos de cualquier ámbito o acuerdos colectivos de empresa con independencia de que el acceso a la jubilación parcial se haya producido con anterioridad o posterioridad a 01-04-2013.