JUBILACION Y PLURIACTIVIDAD

sergi

Miembro
Buenos días,
me surgen un par de dudas:

- Si en el momento de jubilarme estoy en situación de pluriactividad (RETA + RGSS), pero solo causo derecho por uno de ellos (general) ya que del RETA llevo cotizando pocos años, entiendo que las cotizaciones del RETA suman a las del general. Pero, si del general ya cotizo por la base máxima desde hace unos años, las del RETA se pierden? O puedo escoger donde sumarlas?

- Si durante el período en el que he estado en situación de pluriactividad todos los años me han devuelto el famoso 50% del exceso de cotización del total de aportaciones a la SS en ambos régimenes, esas cotizaciones sirven igual? Me parece un poco raro que, si me devuelven parte de las cuotas que he ingresado, pueda beneficiarme de esa base al 100%...

Gracias y buenos días!
 

FERNANDO

Miembro conocido
Claro, suman para causar pensión en el general.

Eso es cuestión recaudatoria de seguridad social, la pensión no se ve afectada.
 

cuenca

Nuevo miembro
Las cotizaciones en pluriactividad (solapadas en el tiempo) que se hayan producido en el régimen por el que no se causa jubilación, podrán acumularse a las del régimen por el que se accede a la jubilación a efectos del cálculo de la base reguladora, sin que en ningún caso se pueda exceder la base máxima de cotización establecida por ley en cada momento.
 
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