BASE MINIMINA SOCIO DE EMPRESA COLECTIVA> SOCIEDAD PROFESIONAL LEY 2/2007

Buenas tardes,

Entiendo que la base mínima de cotización es este caso es la misma que para cualquier otro autónomo societario? de 1.199,10€

Muchas gracias
 
En este caso aplica:
Aunque por norma general para societarios la base es de 1.199,10€, estarán excluidos aquellos que causen alta inicial en el RETA, durante los 12 primeros meses de su actividad, a contar desde la fecha de efectos de dicha alta, que se les aplica la base mínima “normal” de 919,80€

Gracias
 
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