Buenos días,
Un autónomo ha iniciado su actividad en marzo y por un descuido, el día 31 no se le han podido cobrar los autónomos por falta de saldo en su cuenta.
Se había dado de alta con la TARIFA PLANA DE LOS 50 y 4 trabajadores con la BONIFICACIÓN DEL CONTRATO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES.
Entiendo que en este mes impagado no se aplicará la tarifa plana de los 50 por lo tanto pagará los autónomos normales, con el recargo por impago, del 10% si paga antes del mes siguiente. Una vez liquidada la deuda, reanudará la bonificación de los 50.
Mi pregunta es:
1. ¿Qué ocurre con las bonificaciones del contrato de apoyo a los emprendedores?
2. ¿Cuanto acostumbran a tardar en generar la deuda de los autónomos impagados?
¡Gracias compañeros!
Un autónomo ha iniciado su actividad en marzo y por un descuido, el día 31 no se le han podido cobrar los autónomos por falta de saldo en su cuenta.
Se había dado de alta con la TARIFA PLANA DE LOS 50 y 4 trabajadores con la BONIFICACIÓN DEL CONTRATO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES.
Entiendo que en este mes impagado no se aplicará la tarifa plana de los 50 por lo tanto pagará los autónomos normales, con el recargo por impago, del 10% si paga antes del mes siguiente. Una vez liquidada la deuda, reanudará la bonificación de los 50.
Mi pregunta es:
1. ¿Qué ocurre con las bonificaciones del contrato de apoyo a los emprendedores?
2. ¿Cuanto acostumbran a tardar en generar la deuda de los autónomos impagados?
¡Gracias compañeros!