DEVOLUCION DE TARIFA PLANA DE FORMA VOLUNTARIA

ANUSKILLA

Nuevo miembro
un cliente lleva tiene en un trabajador bonificación de tarifa plana y lleva beneficiándose 2 años y 2 meses. Ahora la empresa cierra porque no tienen trabajo, para dejar todo arreglado me comentan si podemos ingresar de forma voluntaria los 2 meses y al final nos van a reclamar por no cumplir el mantenimiento del trabajador en el tercer año. Alguien me puede decir si esto es viable?. Se ingresa directamente el importe de cada mes en la cuenta de la seguridad social y presentando un escrito en recaudación con justificante del ingreso? gracias
 

Ro

Miembro activo
Seguro que es tarifa plana? Yo creo que es tarifa reducida, Ley 1/2015, la otra es anterior y ya hubiese acabado la bonificación , no....

Si es tarifa reducida ( mínimo exento) 118 euros durante 2 años y la mitad el tercer año, para empresas de menos de 10 trabajadores, mírate el manteniendo de empleo "no se consideran incumplimientos....despido objetivo, entre otros ,si es procedente. En este caso si cierra por pérdidas, sería un objetivo y por lo tanto no veo que tengas que devolver ningún mes.
 

NOEMI

Miembro conocido
Así, lo veo yo también si la causa de baja es despido objetivo no pasa nada, no hay devolución de cuotas
 

ANUSKILLA

Nuevo miembro
chicos/as, perdonad me equivoqué es tarifa reducida, y lo echa porque no tienen nada de trabajo, pero hoy me dice que el empresario aún sigue unos 3 meses más con el negocio abierto por si vienen algo de trabajo y para ir vendiendo la maquinaria. Pero para que no tenga que devolver esos 2 meses por ser despido objetivo entiendo que el trabajador tienen que reclamar y se lo declaren procedente no? o no hace falta que vaya al SMAC
 
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