N
Naroa
Guest
Hola, si una sociedad limitada contrata a una persona que es hermano de uno de los socios administrador de la sociedad (que tiene el 50% de participación y con el que no convive), ¿pueden darle de alta por el régimen general, con un contrato por circunstancias de la producción o por obra o servicio?
En caso afirmativo, ¿el hermano estaría contratado sin exclusiones?, es decir, ¿podría cobrar el paro al finalizar el contrato?. En ese caso, ¿el contrato debería tener una duración mínima?
Muchas gracias.
En caso afirmativo, ¿el hermano estaría contratado sin exclusiones?, es decir, ¿podría cobrar el paro al finalizar el contrato?. En ese caso, ¿el contrato debería tener una duración mínima?
Muchas gracias.