Contratación hermano

N

Naroa

Guest
Hola, si una sociedad limitada contrata a una persona que es hermano de uno de los socios administrador de la sociedad (que tiene el 50% de participación y con el que no convive), ¿pueden darle de alta por el régimen general, con un contrato por circunstancias de la producción o por obra o servicio?

En caso afirmativo, ¿el hermano estaría contratado sin exclusiones?, es decir, ¿podría cobrar el paro al finalizar el contrato?. En ese caso, ¿el contrato debería tener una duración mínima?

Muchas gracias.
 

Clo

Nuevo miembro
HOLA NAROA,
EN ESTE CASO PIENSO Q SE LE PUEDE CONTRTAR SIN PROBLEMAS EN RÉGIMEN GENERAL, SIN EXCLUISIONES, CON EL CONTRATO Q QUIERAS.
 

BSK

Miembro activo
Clo esta en lo cierto. Se cumplian todos los puntos para ir a Autonomos hasta que has dicho que no hay convivencia, nexo fundamental. De todos modos aseguraros bien de los datos que pueda tener el padrón.
 
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