JUBILACION

coco1963

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Tengo un trabajor con 67 años y 29 años cotizados a la seguridad social....por lo que en caso de jubilacion no cobraria el 100 por 100, si este trabajador se jubila parcialmente y trabaja en la misma empresa de manera parcial un 25 por cien de la jornada....que le pagarian el 75 % por ciento de la pension? ¿Y la cotización de la empresa la tendria que efectua por todos los conceptos?  Gracias
 

cuenca

Nuevo miembro
El INSS le abonaría el porcentaje de la pensión que le correspondiente en el momento de acceder a la jubilación parcial con la parcialidad acordada, que no puede ser superior al 50% (LGSS art. 215.1)  (en este caso sin contrato de relevo, pues ya tiene la edad legal ordinaria de jubilación).
Requisitos:
- Edad mínima: la edad ordinaria de jubilación que en cada caso resulte de aplicación (años reales, sin aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación).
- Pueden estar previamente contratados a jornada completa o parcial.
- Reducción de la jornada trabajo: estará comprendida entre un mínimo de un 25% y un máximo del 50%.
- Período mínimo de cotización: 15 años, de los cuales 2 deberán estar incluidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante.
- Antigüedad en la empresa: no se exige.
- Contrato de relevo: no se exige.
Las "nuevas cotizaciones" del "nuevo" contrato de trabajo se tendrían en cuenta para el recálculo de su pensión definitiva.
 
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