andres1000
Nuevo miembro
Buenos días,
Me ha surgido la siguiente duda. Si un trabajador es despedido por causas objetivas, y en la misma carta de despido se reconoce la improcedencia del mismo, la fecha efectiva del despido es la del día que se le entrega la carta. El trabajador puede reclamar a la empresa los 15 días de preaviso?
La empresa no quiere ir al SMAC, ni preavisar al trabajador que va a cerrar el negocio el día que le entregue la carta.
Muchas gracias
Me ha surgido la siguiente duda. Si un trabajador es despedido por causas objetivas, y en la misma carta de despido se reconoce la improcedencia del mismo, la fecha efectiva del despido es la del día que se le entrega la carta. El trabajador puede reclamar a la empresa los 15 días de preaviso?
La empresa no quiere ir al SMAC, ni preavisar al trabajador que va a cerrar el negocio el día que le entregue la carta.
Muchas gracias