Proposición de ley de Podemos para combatir la temporalidad

fundación

Miembro conocido
... con el despido nulo.

http://www.publico.es/politica/precariedad-laboral-propone-ley-combatir-temporalidad-volviendo-despido-nulo.html

https://www.nuevatribuna.es/articulo/economia-social/temporalidad-precariedadlaboral-devaluacionsalarial-desempleo-reformalaboral-trabajoprecario-falsosautonomos/20180704124003153630.html

Veo el paro dispararse si prospera.

 

FERNANDO

Miembro conocido
No tienen ni puta idea de lo que es el mercado de trabajo, ni el sistema productivo, ni las relaciones laborales ni, por supuesto, el quehacer diario de los profesionales que nos movemos en este mundillo. Me recuerda a una pancarta de las CUP en Barcelona, la cual rezaba: "así retroceden nuestros derecho: indemnización por despido improcedente en 1976: 60 días por año; en 1980: 45 días por año; en 1994: 33 días por año; en 2010: 20 días por año. Aparte de lo absurdo del enunciado, resulta que un partido de ultraizquierda independentista, ahora, resulta que añora las políticas sociales del franquismo. Ver para creer.
 

Cachilipox

Miembro conocido
RDL 2/2015, artículo 15.3
"Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley."

La norma realmente ya dice eso, pues cualquier trabajador temporal despedido no renovado, en un contrato de duración temporal sin causa, si lo pelea, sabe que, con elevada probabilidad, se convierte en un despido improcedente de un trabajador indefinido.

Sobre el contrato de duración determinada a tiempo parcial, si bien ayuda a solventar algúna que otra necesidad, es un nido de abusos y un intoxicador del mercado de trabajo, pues es más utilizado como forma de "disciplinar" al trabajador (en ausencia de otros vínculos y estímulos "sanos"), que como medida de optimización de oportunidades de las empresas y trabajadores.

Seguramente la solución, para permitir su existencia para aquellas empresas que lo necesiten y trabajadores a los que les vaya adecuado, y minimizar el mal uso e incluso abusos e ilegalidades flagrantes, sería limitar su uso a empresas que dispongan de representación colectiva, más que extender lo de la nulidad.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sabemos del fraude de la temporalidad. Pero entiendo que, lo que no  puede ser, es que una empresa deba mantener a un trabajador si no lo desea. Para ello están las indemnizaciónes. el despido nulo debe estar reservado, únicamente, para según qué casos. Y aún y así me parece exagerado: ¿por qué una persona con guarda legal no puede ser despedido ni pagando indemnización? No lo veo justo.
 

Mr. White

Miembro activo
Yo tampoco lo veo justo, tampoco la abolición del latigazo. Que deroguen ya el derecho al trabajo que viene en la Constitución, solo entorpece el avance de la empresa, seamos China, sueldos de mierda para que las elites se empapelen en Versace, quememos la OIT y volvamos a 1870, a las tabernas, a comer harina y patata, a trabajar 12 horas seis días a la semana por cuatro perras... Todo para que ningún empresario tenga que sufrir el inmenso dolor que le causa tener que respirar el mismo aire que alguien al que no puede despedir por no tener causa legal alguna...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Eso no es así, Mr. White. Lo que no puede ser es que un trabajador se encadene a un empresario de por siempre porque un despido no se puede demostrar que no se ajusta a derecho. Para ello están las indemnizaciones por despido, para gravar el daño causado a la otra parte. Pero la nulidad, me parece un absurdo, una exageración. Vería mejor improcedencia + indemnización por vulneración de derechos fundamentales, por poner ejemplo.
 

Mr. White

Miembro activo
No lo veo para nada igual, Fernando, una empresa no es el corralito de un señor o señora que hace y deshace porque la empresa es suya y como la pelota es mía juego con quien yo quiero, como yo quiero y cuando yo quiero, y si no quiero que juegues compro con dinero que te vayas... no no, yo eso no lo veo porque eso conduce a un mundo de mierda, con señores feudales y esclavos... de hecho, si no estamos al loro, empresas tipo deliveroo y demás nos llevan a eso...de primeras ya no reconocen que sean trabajadores, "sois autónomos, no me habléis de derechos que no sois por cuenta ajena"...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Eso es diferente. Una ilegalidad. Y para eso están los tribunales de justicia, para sacar a la luz desmanes como el tan típico de los falsos autónomos. Pero no confundamos el tocino con la velocidad. Todo contrato se puede romper unilateralmente y, para ello, para paliar el daño causado a la otra parte,están las indemnizaciones. Pues lo mismo en derecho del trabajo: si yo no quiero a un trabajador, debo tener la posiblidad de extinguir la relación laboral mediante el pago de una cantidad que palíe el daño (mayor o menor, en función de las circunstancias). Pero no puede ser que si yo soy empresario (recordemos que la mayoría no son ni deliveroo, ni la GM, sino pequeños colmados con dos trabajadores a cargo) es que me tenga que ligar a un trabajador para siempre.
 

Mr. White

Miembro activo
La tendencia es que los trabajadores y trabajadoras no tengan derechos, o al menos no tengan los que tienen a día de hoy. Economía colaborativa lo mal llaman.

Como sabes la nulidad está muy tasada, y son casos donde debe haber mayor protección, me da igual que sea el dueño de un colmado o Florentimo Perez el que quiera estar por encima de la gente tirando de chequera... una indemnización no es un sueldo, tapa agujeritos pero no da seguridad ni certidumbre alguna, la vida es larga...

No hay que olvidar tampoco que estamos hablando de un derecho que viene en la Constitución, no estamos hablando de romper el contrato con el videoclub o con el Canal +...

Sé que hay gente que abusa de derechos de conciliación o de los que se otorgan a RLT y sindicalistas, que lo hacen o más bien los utilizan para blindarse, garbanzos negros hay en todos lados, pero por ellos no debe dejarse sin protección a quienes hacen uso de esos derechos, o a quienes han demandado a su empresa y quedan protegidos por el principio de indemnidad, etc... 

El el momento en que esos derechos tengan precio legal volveremos a la Edad Media...
 

fundación

Miembro conocido
Por lo que he leído por ahí (salvo prensa errónea), en resumen piden:

- Nulidad de despido si incumple art. 15 ET, con salarios de tramitación.
- Igualar indemnizaciones de temporales y fijos.
- Obligación del registro de entrada y salida en las empresas.
- Voluntariedad obligatoria en cambios de horas en jornada de tiempo parcial.
- Eliminar las horas complementarias, por horas extraordinarias remuneradas.
- Derogar los contratos de apoyo a emprendedores, primer empleo joven y... el de obra/servicio determinado.
- "Bonus malus" de cotización a empresas por temporalidad según baremaje sectorial.
- Una hora de ausencia remunerada al trabajador/a hasta que el bebé tenga 12 meses.
- Dos huevos duros.
 

fundación

Miembro conocido
Lo que sí se comentó ayer es que el gobierno pretende devolver prioridad al convenio sectorial sobre el de empresa en cuanto a salarios y jornada.
 

Sandrita

Nuevo miembro
fundación dijo:
Lo que sí se comentó ayer es que el gobierno pretende devolver prioridad al convenio sectorial sobre el de empresa en cuanto a salarios y jornada.

Y la ultraactividad también está en reforma de negociación colectiva y parece que ya consensuado al igual que prioridad convenio sectorial en materia jornada y salarios. Lo único que parece, según informaciones leídas, que falta por “atar” para asegurarde trámite parlamentario es la modificación del descuelgue que se quiere limitar a supuestos excepcionales y vincularlo al mantenimiento del empleo y parece que en esto último es lo que se discute (entiendo por lo que leí que el tema a discutir está en los efectos incumplimiento de ese mantenimiento).

Todo lo anterior parece que este mes estará.
 
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