AntonioPA4
Nuevo miembro
Buenas tardes,
Tengo una empresa que ha contratado a un trabajador de otra provincia, y le ha alquilado una casa para que viva aquí.
El coste del alquiler son 525 mensuales (6.300 anuales).
El salario del trabajador son 16.500 anuales.
Mis preguntas son:
1. Partiendo de esas cantidades, de cara a calcular el limite del 30% que fija el Art 26.1 ET, ¿Es el 30% de 22.800 (la suma total), o de 16.500 (solo del salario en dinero)?
2. En el hipotético caso de que el especie superase el 30% ¿Que pasaría con ese exceso? ¿Se pondría en nómina como máximo ese 30% y el exceso ni cotizaría ni tributaria? ¿No se podría poner nada?
Es la primera vez que me las veo con retribuciones en especie tan elevadas, y necesito que me echéis una manita.
Gracias de antemano
Saludos
Tengo una empresa que ha contratado a un trabajador de otra provincia, y le ha alquilado una casa para que viva aquí.
El coste del alquiler son 525 mensuales (6.300 anuales).
El salario del trabajador son 16.500 anuales.
Mis preguntas son:
1. Partiendo de esas cantidades, de cara a calcular el limite del 30% que fija el Art 26.1 ET, ¿Es el 30% de 22.800 (la suma total), o de 16.500 (solo del salario en dinero)?
2. En el hipotético caso de que el especie superase el 30% ¿Que pasaría con ese exceso? ¿Se pondría en nómina como máximo ese 30% y el exceso ni cotizaría ni tributaria? ¿No se podría poner nada?
Es la primera vez que me las veo con retribuciones en especie tan elevadas, y necesito que me echéis una manita.
Gracias de antemano
Saludos